Aclara con mayoría simple se aprueba ley declara necesidad de reformar la Constitución

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Por Elvira Guillén

Santo Domingo, República Dominicana.- El experto en derecho constitucional, Eduardo Jorge Prats, aclaró que para la aprobación de la ley que declara la necesidad de la reforma constitucional solo se requiere una mayoría simple en el Congreso.

Aseguró que el debate de que se necesita las dos terceras partes para sancionar la ley que declara la necesidad de la reforma se cae con el precedente que data desde la Constitución de 1966.

“Se ha tratado de traer por los cabellos de que se trata de una ley de procedimiento constitucional, pero es que la reforma constitucional no puede ser objeto de ley, la Constitución establece un proceso de reforma constitucional y una ley que declara la necesidad de la reforma”, apuntó.

Afirmó que en la norma de 1966, el constituyente no establece una mayoría de dos terceras partes, ni de los presentes ni de la matrícula las cámaras, sino que simplemente habla de que se aprobará una ley que declara la necesidad de la reforma.

“Es una ley especial que se aprueba con mayoría ordinaria, pero que tiene la especialidad de que no puede ser observada, de que su iniciativa no puede partir de un legislador, sino de un tercio de los representantes de cada cámara y que tiene un contenido definido por la propia Constitución”, siguió explicando.

Entrevistado por el periodista Federico Méndez, en el programa por televisión “Esferas de Poder”, Jorge Prats advirtió que si se admite la teoría de que hay que someter el referéndum para introducir la reelección presidencial, el Tribunal Constitucional podría anular el artículo 124 de la Carta Magna y establecer que Danilo Medina tiene un derecho fundamental a ser reelegido.

 

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