Alertan sobre “minigelatinas en cápsula” por riesgo de asfixia y muerte en niños

MINIGELATINAS
MINIGELATINAS

Por Wandaly Soriano

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Pro Consumidor alertó este viernes  a la ciudadanía sobre el riesgo a que son expuestos  los niños y envejecientes al consumir las  “Minigelatinas en Cápsula”, ya que puede provocarle  ahogamiento (asfixia), daño neurológico y muerte y reveló  que el Departamento de Inspección y Vigilancia  inició una investigación en el mercado local sobre dicho producto.

“Ese tipo de dulce o confite por las características del envase, su contenido y el modo de ingerirlo, implica altos  riesgos de asfixia, daños neurológicos y muerte”, precisó la entidad defensora de los consumidores.

Las “Minigelatinas en Cápsula” consisten en una gelatina con una porción sólida en el centro, elaborada con konjac, un agente espesante, rico en fibra soluble, y no contiene gluten o azúcares, a diferencia de otros agentes espesantes.

La entidad sostiene que estudios realizados muestran que cuando el niño oprime la parte inferior de la cápsula para extraer el contenido, la gelatina sale “disparada” por la lengua hacia la garganta, ayudada por un lubricante que recubre el producto.

“Esas características  implican un riesgo potencial de que el niño al momento de su consumo, sufra posible asfixia y potencialmente daños neurológicos, incluso la muerte”.

La directora de PRO CONSUMIDOR, licenciada Altagracia Paulino informó que emite la ALERTA  tras conocerse la medida cautelar decretada por la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, el pasado 7 de julio de 2015, mediante Resolución 35240,  en la que se prohíbe la importación, producción, comercialización, venta y cualquier forma de puesta a disposición del público del producto “MINIGELATINAS EN CÁPSULA”, al existir evidencia de que su consumo puede causar asfixia e incluso la muerte del consumidor.

Dijo que da a conocer esta situación para que los padres tomen las medidas precautorias correspondientes, evitando que ocurran incidentes  lamentables y aplicando el principio precautorio.

La alerta de PRO CONSUMIDOR sobre el consumo de esta golosina está amparada en el artículo 74 de la ley 358-05, que indica que debe aplicarse el principio de precaución cuando existe amenaza para la salud y la seguridad de los consumidores.

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