FJT lamenta confusión de Jueces Electorales sobre facultad para perseguir delitos electorales

TRAJANO POTENTINI PTE. DE LA FJT
TRAJANO POTENTINI PTE. DE LA FJT

Por Elvira Guillén Santo Domingo, República Dominicana.- La Fundación Justicia y Transparencia (FJT), lamentó que los jueces del Tribunal Superior Electoral (TSE), magistrados Marino Mendoza y John Newton Guiliani Valenzuela objetaran el recién aprobado Reglamento Contencioso de ese organismo, bajo el alegato, desconocimiento y confusión de que la persecución penal por delitos electorales le debería corresponder también a ellos como jueces y no al Ministerio Público como ha sido previsto en el reglamento.

Trajano Potentini, presidente de la fundación, afirmó de manera categórica que el monopolio de la investigación y persecución penal corresponde al Ministerio Público en todos los esquemas y escenarios, y que aun cuando se trate de jurisdicciones especializadas, como lo contencioso administrativo, medio ambiente y tierras también estarán bajo la egida y dependencia del Ministerio Público.

Resaltó la disposición constitucional contenida en el artículo 169 cuando dispone que: El Ministerio Público es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción pública en representación de la sociedad.

Asimismo, la entidad explico a los magistrados que cuando la ley orgánica del TSE establece que el Tribunal conocerá los delitos y crímenes electorales previstos en la Ley Electoral, lo que se está refiriendo es al conocimiento en audiencia y posterior sentencia, nunca al proceso de instrucción persecución e investigación de la infracción en cuestión, reiteramos de la exclusiva competencia del Ministerio Público, ya sea electoral o de cualquier otra denominación.

El jurista y presidente de la FJT aseguró que constituiría un absurdo, el que un Juez Electoral también sea el encargado de investigar e instruir el proceso en la etapa inicial, en razón de que con ello se violarían principios cardinales del derecho, tales como el de separación de funciones y el que no se puede ser juez y parte.

La entidad entiende que en el país debió haberse contemplado un ministerio público electoral, y que en lo sucesivo sería un punto de agenda a ser valorado en una reforma al régimen electoral.

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