FJT propone crear el Código Electoral de la República Dominiana

Rueda de Prensa FJT. Trajano Potentini Smerly Rodríguez Sarah Adames y Hernán Matos.
Rueda de Prensa FJT. Trajano Potentini Smerly Rodríguez Sarah Adames y Hernán Matos.

Por Elvira Guillén Santo Domingo, República Dominicana.-La Fundación Justicia y Transparencia (FJT), propuso que se codifique toda la legislación electoral en un solo volumen, bajo la denominación de Código Electoral de la República Dominicana.

Durante una rueda de prensa, en el salón de eventos de la FJT, el presidente de la entidad, Trajano Potentini, explicó con éste  se daría respuesta a los múltiples inconvenientes y conflictos que se han presentado como consecuencia de la dispersión de normas y de leyes obsoletas y descontextualizadas del actual régimen constitucional.

Resaltó la existencia de un conjunto de leyes  dispersas pero confluyentes con el régimen electoral, sobre todo la núm. 26-01 sobre Cédula de Identidad y Electoral; la 659, sobre Actos del Estado Civil; la  29-11 orgánica del Tribunal Superior Electoral y su reglamento contencioso electoral.

También, la 136-11, sobre Elección de Diputados del Exterior y su reglamento de aplicación; la 198-11, sobre Matrimonios Religiosos y su reglamento de aplicación; la 12-2000 del 2 de marzo del 2000, que aumenta de un 25 a un 33 por ciento la cuota de la mujer y la 30-06 que prohíbe la utilización por parte de agrupaciones o partidos políticos de lemas o dibujos contentivos del símbolo, colores emblema o bandera, entre otras.

 El jurista expuso que en la actualidad a nivel del derecho comparado se observa una tendencia clara hacia la creación de códigos electorales, lo que actualmente se manifiesta, por ejemplo, en Costa Rica con la Ley # 8765 se instituyó el Código Electoral, en El Salvador se adopta el Código Electoral en fecha 25 de enero de 1993, con una última modificación en 2000.

Igualmente, en Panamá, la Ley 11 de 1983 adopta el Código Electoral, en Argentina Ley 19.945 establece el Código Electoral Nacional, en Brasil el Código Electoral se instituye mediante la Ley No 4.737, de 15 de Julio de 1965.

Potentini abundó que el Código Electoral que proponemos abordaría en el plano general todas las leyes sobre la materia y de forma más específica, el funcionamiento de los partidos políticos, (financiamiento, duración de la campaña, publicidad, licencias para candidatos funcionarios y celebración de primarias) y la estructura administrativa electoral.

Asimismo,  el presupuesto y financiamiento del régimen electoral, el registro, la cédula de identidad y otros documentos de identificación, la parte orgánica y jurisdiccional del Tribunal Superior Electoral, la tipificación de los delitos electorales (compra de cedulas y de conciencia, robo de urnas, fraude electoral.

Además, la falsificación de actas, sellos, boletas y otros documentos electorales, fraudes para el reconocimiento de partidos políticos, el transfuguismo), la creación de un ministerio publico electoral especializado, totalmente independiente, la organización y celebración de todo los procesos electorales incluyendo el plebiscito y los referendos.

 

 

Sobre el Autor

TRA Editor

TRA Digital

GRATIS
VER