Instan a usuarios reclamar ante mal servicio de las prestadoras

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TAJO: La Ley General de Telecomunicaciones 153-98, establece la “defensa y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de servicios públicos de telecomunicaciones”.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), a través de la Gerencia de Protección al Usuario, instó a los clientes a utilizar su derecho de reclamación ante un mal servicio de las empresas de telecomunicaciones que operan en el país.

El Departamento de Orientación y Supervisión del Usuario, a cargo de Lin Coss y de su coordinadora Ana Irma Olivo, respectivamente, dijeron que en el marco de una jornada de orientación al público, por orden del presidente del Indotel, José del Castillo Saviñón, tienen como propósito principal informar a los usuarios sobre los derechos y deberes que les corresponden cuando sufren una avería, así como enterarlos del proceso que se debe seguir para aplicar el crédito por parte de las prestadoras.

En ese contexto, exhortaron a éstos a conocer y enterarse más sobre los derechos y deberes que les corresponden en su relación con las prestadoras.

Durante su participación en un programa televisivo, las funcionarias expresaron que las medidas de salvaguarda de los usuarios están contenidas también en el artículo número 77 de la Ley General de Telecomunicaciones 153-98, en el que se establece la “defensa y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de servicios públicos de telecomunicaciones”.

Explicaron que el Departamento de Orientación al Usuario y Supervisión observa el uso que dan las empresas al espectro radioeléctrico (radio, televisión, telefonía, radiocomunicación, etc.) y dijeron que procuran además de que las prestadoras se ocupen de informar y orientar sobre sus derechos y deberes, garantizando que en el mercado exista una leal y efectiva competencia.

Recordaron que las empresas de telecomunicaciones “están obligadas a cumplir” con las compensaciones en casos de averías, advirtiendo a éstas que “deben tomar en cuenta que el cobro de un servicio no prestado constituye una falta grave” que será sancionada, conforme a lo establecido por la referida Ley General de Telecomunicaciones.

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Yasmel Bueno

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