Diputado Jean Luis Rodríguez aclara se trata de castración química, no castración física

WhatsApp Image 2018 06 18 at 11.47.01 AM
WhatsApp Image 2018 06 18 at 11.47.01 AM
El diputado perremeísta  por El Seibo, Jean Luis Rodríguez,  reiteró este lunes que introdujo un proyecto de ley que busca incorporar el tratamiento hormonal (castración química)  para los sentenciados por  los delitos de violación sexual a los menores de edad y de persona en estado de inconsciencia,  en incapacidad o en la imposibilidad de resistencia.

 SANTO DOMINGO. República Dominicana. El diputado perremeísta  por El Seibo, Jean Luis Rodríguez,  reiteró este lunes que introdujo un proyecto de ley que busca incorporar el tratamiento hormonal (castración química)  para los sentenciados por  los delitos de violación sexual a los menores de edad y de persona en estado de inconsciencia,  en incapacidad o en la imposibilidad de resistencia.

En la iniciativa también se plantea la creación de un registro nacional monitoreado de violadores.

La castración química es un término utilizado para describir los medicamentos destinados a reducir la libido y a reducir la actividad sexual, por lo general, para impedir que los violadores, pederastas y otros delincuentes sexuales reincidan

Rodríguez indicó  que las estadísticas muestran que los años 2015 y 2016 dejaron cuatro mil  285 niños abusados sexualmente, con dos  mil 542 personas presas por delitos sexuales contra menores; que en los últimos ocho años y nueve meses las cifras  disponibles, entre 2008 y septiembre de 2016, las mujeres dominicanas presentaron 578,418 denuncias de delitos sexuales y violencia intrafamiliar y de género, a un promedio de 64,268 por año.

Sostuvo que solo por delitos sexuales, vistos como las agresiones sexuales, violaciones, acosos, seducción e incesto, se denunciaron 53,653 casos en todo el país, a promedio de 5,961 cada doce meses; que las estadísticas oficiales

Incluyendo el 2018, indican un promedio de “6 niños abusados por día”; incrementándose esta cifra cada año.

Ante estas estadísticas el legislador preocupado por los hechos aberrantes se ve en la obligación de hacer la propuesta con el fin de parar este delito que daña cientos de familias en el país.

Expresó que esta pena de castración química será aplicada cuando el juez lo considere conveniente, previo estudio del informe de uno o más  psiquiatra forense requerido, para los casos graves o reincidentes de violación o violación  y muerte de la víctima  menor de edad y de persona en estado de inconsciencia, en incapacidad o en la imposibilidad de resistencia. Así mismo aplicada para los culpados de incesto, sin que pueda acogerse en favor de los prevenidos circunstancias atenuantes.

Sobre el Autor

TeleradioAmerica

TeleradioAmerica

TRA Digital

GRATIS
VER