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PC rechaza “violaciones” Procurador al reglamento selección de los jueces de la SCJ

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Participación Ciudadana (PC) demanda que los demás miembros del Consejo Nacional de la Magistratura exigir a Jean Rodríguez presentar las pruebas de las acusaciones que lanzó contra la magistrada Miriam Germán.

Santo Domingo, República Dominicana. -El movimiento cívico no partidista, Participación Ciudadana (PC), rechazó las “violaciones” al reglamento para la selección de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, realizadas por el procurador general, Jean Alain Rodríguez, contra la jueza Miriam Germán Brito.

Entiende que con esa actitud se pretende dañar, sin presentar prueba alguna y sin dar la oportunidad de defensa, la trayectoria de una magistrada reconocida por una limpia hoja de servicio en la judicatura.

“Es una pena que un proceso en el que todo el país ha puesto sus esperanzas de mejoría de la justicia inicie con el desconocimiento total del procedimiento por parte de un funcionario subalterno del Presidente de la República, llamado a poner el ejemplo de respeto al debido proceso”, expresó el Consejo Nacional de PC.

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Señaló que el Reglamento establece bien claro que “mientras dure el proceso de presentación de candidaturas y preselección, y hasta tres (3) días después de publicada la lista de preseleccionados, cualquier persona o institución podrá someter a la consideración del CNM objeciones y reparos a las candidaturas.

Agrega que cuando el Consejo le atribuya mérito, en principio, a una objeción o reparo, comunicará la misma al aspirante de que se trate para que en un plazo de 24 horas se pronuncie sobre el particular.”

Los tres párrafos de este artículo completan el procedimiento que debe ser seguido:

Párrafo I. Las comunicaciones que se remitan al Consejo como objeción o reparo a un aspirante nunca podrán ser anónimas y deberán contener los datos de quienes las formulen, deberán estar motivadas y avaladas con las pruebas que respalden cualquier situación imputable al candidato, y solo tendrán la finalidad de contribuir al proceso de toma de decisión por parte del Consejo Nacional de la Magistratura.

Párrafo II. Las objeciones y reparos presentadas deberán ser decididas antes de iniciar la etapa de vistas públicas.

Párrafo III. Se deberán tomar las medidas necesarias para garantizar que las objeciones puedan ser presentadas bajo los mayores niveles de confidencialidad.

Participación Ciudadana dejó claro que no se opone a que se dé curso a las objeciones que se reciban contra cualquiera de las personas evaluadas, pero “no podemos menos que expresar nuestro rechazo a estas violaciones”.

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