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Procuraduría incinera 199 kilogramos de drogas

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La Procuraduría General de la República (PGR) destruyó más de 199 kilogramos de drogas que fueron incautadas por organismos de seguridad del Estado en distintos lugares del país en la última semana del pasado mes de septiembre.

SANTO DOMINGO.- La Procuraduría General de la República (PGR) destruyó más de 199 kilogramos de drogas que fueron incautadas por organismos de seguridad del Estado en distintos lugares del país en la última semana del pasado mes de septiembre.

La PGR explicó que las sustancias corresponden a 755 casos que recibió el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) y que en total quemaron 199 kilogramos, 71 gramos y 383 miligramos que en gran parte corresponden a marihuana y cocaína.

Al detallar las sustancias, el INACIF detalló que 121,774.990 fue de marihuana, 65,070.723 de cocaína, 8,591.139 de éxtaxis, 3,625.706 de crack, 4.460 de oxicodone, 2.185 de heroína y 2.180 de metanfetamina.

El informe del INACIF también destaca que las sustancias recibidas en su laboratorio fueron reportadas en un 64% por la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y el resto por la Policía Nacional.

Asimismo,    indica que en adición incineraron 177 kilogramos, 919 gramos y 152 miligramos de sustancias que dieron negativas tras ser analizadas en los laboratorios del INACIF.

La Procuraduría informó que de acuerdo a las sustancias recibidas, las provincias donde se realizó mayor decomiso fue en Santo Domingo con 61,622.529, Dajabón 46,370.569, Distrito Nacional 21,515.412, Pedernales 18,152.953, Santiago 9,661.426, Peravia 7,130.545, y Sánchez Ramírez 4,911.637.

También, el INACIF recibió sustancias incautadas de las provincias San Juan, La Altagracia, La Vega, Azua, Monseñor Nouel, Barahona, Samaná, El Seibo, Hato Mayor, Elías Piña, Independencia y Monte Plata, entre otras.

La incineración se efectuó, como de costumbre, en las instalaciones de la  Primera Brigada de Infantería del Ejército de República Dominicana, cumpliendo con lo que  establecen los artículos 33 y 92 de la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas,  y el artículo 26 acápite 3 de la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11.

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