Actualidad

Tribunal Constitucional valida suspensión de alcaldes y regidores sometidos a la justicia

Screenshot 83
Screenshot 83
El Tribunal Constitucional rechazó dos acciones directas de inconstitucionalidad, que procuraban la nulidad de las disposiciones de la ley 176-07, del Distrito Nacional y los municipios,  que disponen la suspensión de los alcaldes, vicealcaldes y regidores cuando se inicie contra ellos  un juicio de fondo por un crimen o un delito que se castigue con pena privativa de libertad y se dicten medida de coerción que conlleven arresto domiciliario o prisión.
Santo Domingo RD

El Tribunal Constitucional rechazó dos acciones directas de inconstitucionalidad, que procuraban la nulidad de las disposiciones de la ley 176-07, del Distrito Nacional y los municipios,  que disponen la suspensión de los alcaldes, vicealcaldes y regidores cuando se inicie contra ellos  un juicio de fondo por un crimen o un delito que se castigue con pena privativa de libertad y se dicten medida de coerción que conlleven arresto domiciliario o prisión.

TRA Podcast Studios

Una de las acciones de inconstitucionalidad fue sometida el 22 de noviembre del 2013 por la Asociación Dominicana de Distritos Municipales (ADODIN) contra el artículo 44 de la ley 176-07, y la otra fue interpuesta el 4 de febrero del 2014 por  Alfredo Carrasco y Pascual Benítez, contra el ordinal b de ese mismo artículo.

El órgano constitucional declaró conforme con la Constitución las disposiciones impugnadas.  Los accionantes alegaron que  las disposiciones contenidas en el artículo 44 de la ley 176-07 son contrarias al principio de presunción de inocencia y con ello, a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, así como  los derechos de ciudadanía.

El dispositivo del fallo está contenido en el comunicado 62/19, publicado en la página web del Constitucional. La sentencia integra, con las motivaciones, no han sido dadas a conocer.

TRA Digital

GRATIS
VER