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TC deja en estado de fallo cuatro expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

Audiencia Pública 2020 5
Audiencia Pública 2020 5
En uno de los recursos se atacando la Ley núm. 506-19, de 2019, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2020 y otro ataca la Ley núm. 512-19, de 2019, que autoriza al PE, a través del Ministerio de Hacienda emitir y colocar valores de deuda pública.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo cuatro expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, dando plazos a dos de estos para presentación de escritos justificativos de conclusiones.

Uno de ellos es el recurso elevado por Eulogio José Santaella Ulloa, Federico Lalane José, Emmanuel Esquea Guerrero y compartes, atacando la Ley núm. 506-19, de 2019, que aprueba el Presupuesto General del Estado para el año 2020.

Otra instancia es contra la Ley núm. 512-19, de 2019, que autoriza al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda, a emitir y colocar valores de deuda pública.

Los accionantes en el caso TC-01-2020-0002 objetaron la intervención voluntaria del Poder Ejecutivo, que no compareció, pero que había depositado sus escritos en el dispositivo sobre esta acción directa de inconstitucionalidad.

Sobre esto, el presidente de la corte, magistrado Milton Ray Guevara, aclaró “Lo objetivo en las audiencias del órgano jurisdiccional es hacer un juicio a la norma jurídica; la ley no habla, a la ley la defienden o la atacan y el TC debe garantizar el canal propio, que se haga respetuosamente e igual para los involucrados”.

Por otro lado, quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0058, en el que Pablo Pérez atacó los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley núm. 86-11, 2011; el artículo 45 de la Ley núm. 1494, que instituye la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, de 1947, y la Resolución 198-18, emitida por el Ministerio de Hacienda en el 2018.

Asimismo, se dejó en estado de fallo el expediente: TC-01-2020-0001 en el que Johanna Rossi y María Genao atacaron la Sentencia núm. 438, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en 2017, así como la Sentencia TC/0432/19, dictada por el propio Tribunal Constitucional el pasado año (2019).

Las normas y actos atacados emanaron del Ministerio de Hacienda, el Senado y Cámara de Diputados de la República Dominicana.

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