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TC conoció y decidió 13 expedientes, siete de ellos relativos a recursos de revisión de sentencias de amparo

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El Pleno del Tribunal Constitucional también decidió expedientes sobre decisión jurisdiccional, demanda de suspensión de ejecución de sentencia y recurso de casación declinado por la SCJ

Santo  Domingo,RD.-El Tribunal Constitucional (TC) conoció y decidió esta semana 13 expedientes, siete  sobre recursos de revisión de sentencias de amparo, cuatro sobre decisión jurisdiccional, uno sobre demanda de suspensión de ejecución de sentencia y otro sobre recurso de casación declinado por la Suprema Corte de Justicia, en sesiones virtuales celebradas esta semana con  la que participaron las juezas y jueces que integran el Pleno.

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo el Pleno del TC, encabezado por su presidente, magistrado Milton Ray Guevara, conoció los expedientes núm. TC-05-2019-0275,  TC-05-2019-0043, TC-05-2019-0138, TC-05-2019-0277, TC-05-2018-0337, TC-05-2019-0106 y TC-05-2019-0141. Los magistrados también conocieron los expedientes TC-04-2019-0217, TC-04-2019-0260, TC-04-2019-0190 y TC-04-2019-0210 sobre  revisión de decisión jurisdiccional.

Asimismo, durante esta semana el Tribunal Constitucional decidió sobre los expedientes TC-07-2019-0037 sobre demanda de suspensión de ejecución de sentencia y el TC-08-2014-0037, sobre recurso de casación declinado por la Suprema Corte de Justicia.

Al conocer el expediente núm. TC-05-2019-0275, interpuesto por Pedro José Chevalier Espinal, contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00042, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha catorce (14) de febrero de dos mil diecinueve (2019), la decisión adoptada es rechazar el recurso y confirmar la sentencia objeto del mismo.

En cuanto al expediente núm. TC-05-2019-0043, incoado por la Policía Nacional, contra la Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00325, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil dieciocho (2018), se decidió rechazar el recurso y por tanto confirmar la sentencia recurrida.

En el expediente núm. TC-05-2019-0138, interpuesto por el Ayuntamiento del Distrito Municipal Boca de Cachón, contra la Sentencia núm. 030-04-2018-SSEN-00324, de fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil dieciocho (2018), por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el órgano determinó declarar el recurso inadmisible.

Entre los expedientes conocidos durante la semana está el  núm. TC-04-2019-0217, incoado por la Sociedad comercial Argenta, S.A., contra la Sentencia núm. 1586, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciocho (2018). Se decidió rechazar el recurso y por lo tanto confirmar la sentencia objeto del mismo.

En lo que respecta al expediente núm. TC-07-2019-0037, interpuesta por los señores Israel David Ovalles Martínez, Milton José Ovalles Martínez y Arcadio Rafael Ovalles Martínez, contra la Sentencia núm. 319, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia en fecha ocho (08) de junio de dos mil dieciséis (2016), la decisión tomada es rechazar la demanda en suspensión de ejecución indicada.

Al conocer el expediente núm. TC-05-2019-0277, incoado por la Policía Nacional, contra la Sentencia núm. 042-2019-SSEN-00129, de fecha veinte (20) de agosto de dos mil diecinueve (2019), por la Cuarta Sala De la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la decisión adoptada es acoger el recurso, revocar la sentencia objeto del mismo dada la incompetencia del tribunal que la dictó, por lo que el asunto se remitirá a la jurisdicción competente para que conozca de la acción de amparo.

En cuanto al expediente núm. TC-05-2018-0337, interpuesto por Jorge Lizardo Vélez, contra la Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00377, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha siete (7) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), se decidió acoger el recurso, revocar la sentencia atacada y declarar la improcedencia de la acción.

En el expediente núm. TC-04-2019-0260, incoado por el Ayuntamiento del Municipio de Villa Isabela, contra la Sentencia núm. 867, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia en fecha veintiséis (26) de agosto de dos mil quince (2015), el órgano determinó declarar el recurso inadmisible.

Sobre el expediente núm. TC-04-2019-0210, interpuesto por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, contra la Sentencia núm. 98- 2019, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso- Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia en fecha veinte (20) de febrero de dos mil diecinueve (2019), la decisión tomada es rechazar el recurso y por tanto confirmar la sentencia recurrida.

En el expediente núm. TC-05-2019-0106, incoado por la Ricardo Sosa Filoteo, contra la Sentencia núm. 046-2019-SSEN-00056, de fecha tres (3) de abril de dos mil dieciocho (2018), por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la decisión adoptada es declarar el recurso inadmisible.

En cuanto al expediente núm. TC-05-2019-0141, interpuesto por el señor Alberto De Jesús Jerez Polanco, contra la Sentencia núm. 0030-0217-SSEN-00240, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha quince (15) de agosto de dos mil diecisiete (2017), se decidió acoger el recurso, revocar la sentencia atacada y declarar la inadmisibilidad de la acción.

En el expediente núm. TC-04-2019-0190, incoado por José Manuel Valdez De la Cruz, contra la Sentencia núm. 2683, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), el órgano determinó rechazar el recurso y por lo tanto confirmar la sentencia objeto del mismo.

Finalmente, en lo que respecta al expediente núm. TC-08-2014-0037, relativo al recurso de casación incoado por el Concejo Municipal del Ayuntamiento de Esperanza, provincia Valverde, contra la Sentencia núm. 000296-2011, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Valverde en fecha Catorce (14) de abril de dos mil once (2011), la decisión tomada es rechazar el recurso y por tanto confirmar la sentencia recurrida.

El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situación causada por la pandemia del denominado COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estará sesionando igualmente. El TC informó que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicación de los comunicados sobre adopción de decisiones que seguirán siendo emitidos, conforme la normativa institucional.

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