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Diputados consultan expertos ante observación Poder Ejecutivo a Ley de Residuos Sólidos

Comision especial de residuos solidos3
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Y es que esta Ley fue observada el 7 de agosto de este año, por el Poder Ejecutivo, cuatro días después del plazo que le otorga la Constitución de la República.

Santo Domingo.- Una Comisión Especial designada por el presidente de la Cámara de Diputados para estudiar las observaciones que hizo el Poder Ejecutivo a la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos sigue consultando expertos constitucionales antes de rendir informe al hemiciclo.

Este lunes, la Comisión consultó al abogado Olivo Rodríguez Huerta, quien le expuso su parecer al respecto.

El especialista en materia constitucional coincidió con el jurista Cristóbal Rodríguez, en el sentido de que lo que procede es que la Cámara de Diputados publique dicha ley, en vista de que fue observada fuera del plazo previsto por la Constitución de la República.

Rodríguez Huerta explicó a la Comisión Especial que preside Máximo Castro Silverio y a sus miembros, que la Carta Sustantiva es muy directa cuando establece en sus artículos 201 y 202 que el Poder Ejecutivo tiene 5 días de plazo para observar o promulgar una ley que sea aprobada de emergencia en las Cámaras Legislativas.

“Mientras no haya un pronunciamiento interpretativo del Tribunal Constitucional, el legislativo tiene que respetar la literalidad de la Constitución. Aquí lo que impera es el mandato de la Constitución”, expresó.

Insistió en que la Cámara de Diputados, desde donde fue remitida la ley, puede publicarla en un medio de circulación nacional y en la Gaceta Oficial, porque la observación se produjo de manera extemporánea.

Rodríguez Huerta dijo que debe haber un pronunciamiento de la Cámara de Diputados rechazando las observaciones del Poder Ejecutivo, ya que se produjeron fuera de plazo.

Se recuerda que la Cámara de Diputados remitió la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos al Poder Ejecutivo el día 29 de julio del 2020, el cual la la devolvió el 7 de agosto siguiente, cuatro días después del plazo que le otorga la Constitución de la República.

La Ley en cuestión establece en uno de sus considerando que la Constitución establece que es deber del Estado la preservación y protección del medio ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones para garantizar los derechos individuales y colectivos de uso y goce sostenible de los recursos naturales, así como el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y la naturaleza.

Una de las disposiciones transitorias de esta ley es que la obligación de la reducción de los residuos generados por el uso de todo tipo de envase de poliestireno expandido, conocido como fon para los embalajes destinados a la conservación y expendios de alimentos y bebidas a partir de los 60 meses de la entrada en vigencia.

Durante el encuentro de este lunes, realizado en el salón Hugo Tolentino Dipp, el presidente de la Comisión Especial, Máximo Castro Silverio, convocó para para el jueves, a las 2:00 de la tarde, para seguir consultando especialistas en la materia.

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