Santo Domingo RD.-.-Las empresas de servicios de telecomunicaciones que operan en el país,
deberán asumir la obligación de “asegurar la calidad del servicio de acceso a Internet”, advirtió
en un comunicado el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel).
El regulador señala, asimismo, que estas prestadoras deberán ceñir sus servicios “conforme lo
establecido en la Norma de Calidad del Servicio de Telefonía y Acceso a Internet”.
Las medidas están contenidas en el Reglamento General del Servicio de Acceso a Internet
emitido por el Indotel mediante la resolución 033-2020 para regular las relaciones en términos de
derechos y obligaciones que impacta tanto a los usuarios como a las prestadoras.
El reglamento, junto a la resolución que precisa el uso del término ilimitado (resolución núm. 90-
2020) obliga a las prestadoras a transparentar cualquier límite que pudiera haber en sus planes,
que en ciertos casos estaban ambiguos u omitidos del contrato o política de uso del servicio.
Respondiendo a esto, hemos visto como empresas han revisado su política e incrementado hasta
10 veces los valores que tenían en algunos términos que habían quedado en la obsolescencia;
respondiendo así a los objetivos del Indotel de desarrollar el sector de las telecomunicaciones en
el país.
Sin embargo, el órgano regulador evaluará si los topes anunciados por las prestadoras resultan
razonables, debido al incremento de la demanda de servicios digitales por parte de los usuarios y
las características de los servicios contratados.
El reglamento entrará en vigencia este 1 de julio de 2021 y regula las relaciones entre las
prestadoras que ofrecen acceso a Internet y sus usuarios en cualquiera de sus modalidades:
postpago o prepago, fijo o móvil, independientemente de la tecnología que se utilice para la
prestación del servicio, sea contratado en conjunto o de forma separada, indicó el Indotel.
Con esta medida el órgano regulador busca garantizar los derechos de cada una de las partes, y
que cada uno de estos conozca de manera explícita sus respectivas obligaciones. En dicho
reglamento, el regulador refirió que este “es de obligado cumplimiento y deberá ser aplicado y
observado por todas las prestadoras de servicios públicos de acceso a internet que operan en la
República Dominicana”.
Explica que estas prestadoras deberán presentar al Indotel, con la entrada en vigencia del
Reglamento, un plan de transición a IPv6 a partir del primero de julio del presente año 2021.
En cuanto a los casos de averías, el reglamento establece que los usuarios tendrán derecho a la
aplicación de un crédito por la avería, total o parcial del servicio, por causas que no sean
imputables al usuario, salvo casos de fuerza mayor.
Igualmente, las prestadoras deberán generar un crédito a favor del usuario en caso de
degradaciones en el servicio de Internet fijo si la velocidad recibida es 10% menor a la
contratada, de conformidad con las condiciones establecidas en el referido reglamento.
También establece que el contrato de prestación del servicio sea realizado de forma separada e
independiente de la venta o financiamiento de equipos terminales.
Exige asimismo a las prestadoras garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad
mediante la asistencia adecuada que asegure su acceso a las TIC.
Otro aspecto que señala este reglamento del Indotel, es que demanda información actualizada,
suficiente y clara, respecto del servicio de acceso a Internet de parte de las prestadoras, tanto de
forma verbal como escrita, facilitando la debida, amplia, veraz, precisa, completa y fidedigna
información sobre todos los aspectos relacionados con el servicio de acceso a Internet.
Las prestadoras deberán informar a los usuarios sobre los principales factores que podrían limitar
o degradar la velocidad efectiva del servicio experimentada por el usuario, diferenciando
aquellos sobre los que sí tiene control la prestadora y los que son ajenos a la misma.
Deben reconocer los derechos de los usuarios del servicio de acceso a Internet, tales como:
Acceder al servicio de acceso a Internet y uso de este en condiciones de continuidad,
generalidad, igualdad, neutralidad, transparencia y calidad, de conformidad con los principios
establecidos en la Ley, el referido Reglamento y otras normas aplicables a la materia.
También, acceder, descargar, cargar, subir o distribuir libremente información, contenidos,
aplicaciones y servicios legales, sin discriminación o restricción por parte de las prestadoras del
servicio de acceso a Internet, siempre y cuando no contravenga las leyes y reglamentaciones
nacionales.
Los usuarios deberán utilizar equipos terminales que sean libremente elegidos por el mismo,
siempre y cuando estén debidamente homologados por el Indotel, conforme al reglamento que
establece, además, el “derecho a la seguridad en las redes o servicios, de manera que la
prestadora garantice la seguridad e integridad de las comunicaciones”.
Otro aspecto que contempla esta regulación, es la que da derecho al usuario a acceder a Internet
bajo el principio de neutralidad de la red, en el cual las concesionarias del servicio no podrán
bloquear, interferir, ralentizar o discriminar contenidos, aplicaciones o servicios disponibles en
Internet (salvo lo establecido en el artículo 12 del Reglamento al respecto de medidas razonables
de gestión de tráfico, así como, lo establecido en el párrafo II del artículo 7 para planes del
servicio de acceso a Internet móvil).
Fiscalización del servicio de acceso a internet
En el sector de las telecomunicaciones a nivel global es normal que proveedoras de servicios
establezcan límites de consumo de data para las líneas fijas
la promoción de la competencia permite que estas establezcan planes con altas cantidades de
gigabits por mes de consumo.
Al mes de marzo 2021, en la República Dominicana, el total de líneas de internet alcanzó la cifra
de 8, 944, 301. La división por tipo de conexión da al internet fijo 1, 080, 679 de líneas,
representando el 12% del total. Mientras que el total de líneas de internet móvil en el país
alcanzó los 7, 863, 622.
El Indotel, vigilante de que las prestadoras de servicios den el servicio contratado a los usuarios,
adquirió los equipos de medición de calidad, para verificar el cumplimiento de los indicadores de
calidad exigidos por la Norma de Calidad de los Servicios de Telefonía y Acceso a Internet
aprobada por la Resolución núm. 016-15. Los resultados de estas mediciones serán publicados
por el órgano regulador, para que de esta forma los usuarios conozcan los niveles de calidad
ofrecidos por las prestadoras de servicios, y en caso de incumplimiento sancionará a la empresa
que incurra en dicho acto.
Estas acciones obedecen al objetivo que tiene el Indotel de trabajar para la defensa de los
derechos de los usuarios de los servicios dede telecomunicaciones, garantizando así la calidad y los
precios justos que posibiliten la transformación digital en la República Dominicana.