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Consejo de Defensa de Jean Alain Rodríguez dice interpondrá recurso de casación ante la Suprema

Exprocurador Jean Alain esposado
Exprocurador Jean Alain esposado
A su entender, la sentencia emitida por las Magistradas de rechazar la apelación no cumplió con la solemnidad legal, porque lo que procedía era la anulación del mecanismo inicial que ha mantenido privado de libertad a Jean Alain Rodríguez.

Santo Domingo. El Consejo de Defensa del ex Procurador, Jean Alain Rodríguez, informó que procederá a interponer un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, ante el rechazo del dispositivo de apelación emitido por la Primera Sala de Corte de Apelaciones.

Los abogados afirmaron que en la audiencia se pudo demostrar las violaciones de los derechos fundamentales y garantías ejercidas en contra de su representado por parte del Ministerio Público, siendo desatinado y no apegado al derecho el fallo emitido.

La defensa técnica logró demostrar el avasallador atropello del que fue objeto Rodríguez al impedírsele ejercer su derecho a defenderse durante la audiencia de medida de coerción.

“Hoy las Magistradas no hicieron justicia, emitieron una sentencia contradictoria; si bien afirmaron que el derecho a declarar es inalienable a todo investigado y reconocieron que dicho derecho se le fue negado a su representado, procedieron a hacer un simple reclamo al Ministerio Público, en lugar de resarcir y enmendar la actuación de la juez a quo, que era lo que procedía”, expresó Carlos Balcácer, abogado defensor.

A su vez, expresaron que no fue un fallo apegado al mandato, la ley y el debido proceso, por lo que interpondrán un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia. “Levantaremos un procedimiento ante el tribunal superior para que pueda anular la sentencia judicial, que contiene una incorrecta interpretación y aplicación de la ley y la Constitución”.

A su entender, la sentencia emitida por las Magistradas no cumplió con la solemnidad legal pues lo que procedía era la anulación del mecanismo inicial que ha mantenido privado de libertad a Jean Alain por las violaciones emitidas en la primera instancia ante la conculcación de derecho.  “El Art. 168 del Código Procesal Penal es claro al afirmar ‘cuando no se violen derechos o garantías del imputado, los actos defectuosos pueden ser inmediatamente saneados, renovando el acto, rectificando el error, o cumpliendo el acto omitido, de oficio o a petición del interesado’”, señalaron.

“Se logró demostrar la arbitrariedad y poder lacerante ejercido por el Ministerio Público en la audiencia de coerción, donde Yeni Berenice atropelló, prohibió y sesgó a Rodríguez impidiéndole ejercer el derecho intransferible a declarar ante la juez.  Tutela legal efectiva y del cual es acreedora todo investigado. Los agentes encargados de hacer cumplir la ley, así como los jueces, tienen la obligación de salvaguardar ese ejercicio”, afirmó Gustavo Biaggi Pumarol, miembro del Consejo de Defensa.

Los juristas lograron demostrar a través del audio judicial, que plasmó aquel triste y dantesco espectáculo que aconteció en dicha audiencia, como el investigado se le impidió referirse sobre la falsedad intelectual y la desnaturalización de su escrito. Por lo que entienden que dejarlo declarar en la audiencia de apelación, no es subsanación suficiente.

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