Santo Domingo.- La Comisión Permanente de Industria y Comercio de la Cámara de Diputados recibió una explicación pormenorizada del viceministro de Comercio Interno del Ministerio de Industria y Comercio, Ramón Pérez Fermín, sobre la conformación de los costos de los combustibles y las variantes que intervienen para los precios finales.
Pérez Fermín explicó que el decreto 307-01, indica de manera precisa la conformación del precio de paridad de importación, que está compuesto por el valor FOB, el flete, el seguro marítimo, los costos bancarios, otros costos, gastos de administración de ley (GAL) y el cargo por manejo de terminal.
“En adición a estos, el precio de los combustibles, que se revisa y entra en vigencia los sábados de cada semana y hasta el viernes siguiente, tiene unos componentes de márgenes de intermediación, que es la retribución que tienen los actores de la cadena de comercialización, (transportistas, distribuidores y detallistas)”, explicó.
Dijo, además, que en la República Dominicana el mercado de combustible en es un mercado hiperregulado, en donde se establece un tope máximo de remuneración para ese tracto comercial y sus actores y en adición a esos márgenes de comercialización, están los impuestos que establece la norma, ajustes por temperatura, establecido en la regulación 201-14 y eso genera el precio de venta al público.
“Luego de que este precio de venta al público genera unos valores, existe un decreto que es el 625-11, que establece que el gobierno dominicano, siempre que exista una variación intersemanal de los precios de los combustibles de más de 1 por ciento, podrá manejar el valor de esos precios, para no impactar el bolsillo de los ciudadanos con la severidad que esto conlleve”, expresó.
Al detallar la segmentación de cada uno de los valores, Ramón Pérez Fermín explicó que en el caso de la gasolina Premium, para la semana pasada se aplicó una tabla de impuestos por galón de 71.85, de la Ley 112-00, 20.89 por Ad valorem, 14.42 distribuidor, 22.49 por detallistas y 5.68 para transportistas, para un total de 135.33 de impuestos por galón.
El funcionario manifestó, además, que de modo complementario, el mismo decreto (625-11) establece un mecanismo de repago que opera en la dirección inversa, “cuando los precios empiecen a ceder, se compensa esa variación intersemanal para pagar la deuda contraída con los importadores y definitivamente cuando no existe reducción de precios el estado tiene que hacerle frente a esas obligaciones para no lesionar el flujo de caja de los actores del mercado”.
“Todo esto está completamente normalizado, todo esto se publica semanalmente en un diario de circulación nacional, sin ningún nivel de opacidad”, recalcó Pérez Fermín.
El Viceministro de Comercio Interno aseguró que el principal garante del cumplimiento de las normas son los importadores, porque a su entender, ningún importador toleraría que se determinen precios inexactos, porque un importador de combustible no podría soportar que el Estado ponga de manera unilateral y sin que se corresponda con lo que dictan los mercados internacionales.
Al analizar la carga económica que representa para el gobierno las alzas de los combustibles en el mercado internacional, el funcionario dijo que solo la semana pasada, si se hubiese aplicado el precio que establece el mercado, el GLP habría aumentado 38 pesos y una de las gasolinas 15 pesos.
La invitación al funcionario se hizo en el marco de una discusión de un proyecto de resolución depositado el 07 de noviembre del año 2018, mediante el cual solicitan al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, la publicación de las informaciones que sirven de fundamento para el cálculo de los precios de los combustibles fósiles, propuesta por los ex diputados Ricardo de los Santos, actual senador de Sánchez Ramírez, Rafael Arias y Ángel Ogando.