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Condenan a 15 años una mujer acusada de explotación sexual de menores

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El Primer Tribunal Colegiado de Santiago, también le impuso a Benedicta Núñez Belén, alias Celina, el pago de 175 salarios mínimos.

SANTIAGO, República Dominicana.- El Primer Tribunal Colegiado de esta demarcación condenó una mujer a 15 años de prisión por los delitos de violencia de género, proxenetismo, permisión de prostitución, explotación sexual comercial y abuso psicológico y sexual contra menores de edad. 

El tribunal acogió la acusación del Ministerio Público que demostró en el juicio que Benedicta Núñez Belén, alias Celina, captaba a mujeres y menores de edad para explotarlas sexualmente en un local de la comunidad El Flumen de Los Almácigos, en el distrito municipal La Canela.

Los jueces Estephanie Santiago, Sergio Furcal y Claribel Mateo le ordenaron también el pago de 175 salarios mínimos.

Junto a las demás agencias de investigación actuantes, el Ministerio Público utilizó estrategias e inteligencia para establecer cómo operaba el lugar, que captaba y explotaba a adolescentes con edades entre 14 y 17 años de edad.

Haciendo uso de las pruebas recolectadas contra la procesada, la fiscal litigante Jennifer Rodríguez explicó que cientos de clientes acudían a procurar servicios en el negocio denominado «Cabaret Celina», que operaba sin horario de cierre, situación que se constituía en abusos sexuales y psicológicos contra las víctimas.

Las diligencias de investigación fueron desarrolladas en conjunto con la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y el Departamento contra Tráfico y Trata de Personas de la Policía Nacional.

La Fiscalía presentó contra la mujer cargos por violación a los artículos 309-1, 334, 334-1 del Código Penal, modificados por la Ley 24-97, sobre Violencia de Género; además, por violentar los artículos 396, literales B y C, 409 y 410 de la Ley 136-03, que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.

También, le atribuyó cargos penales por violar el artículo 1 (literales A y C), 3 y 7 (letra C) de la Ley 137-03, sobre Tráfico y Trata de Personas.

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