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Educación niega adquiera libros a través de contrato con la empresa SCHOOL TEAM, SRL

Ministerio 1
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En un comunicado emitido la noche de este miércoles, aclaró que solo las empresas Ediciones Unidas del Caribe, Editorial Cocolo y Editorial CA-MART, SOLUCIONES, SRL, son cesionarias de los derechos de Propiedad Intelectual que aparecen registrados a su nombre.

 

Santo Domingo.-El Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) niega que haya adquirido libros de textos, a través de contrato con la empresa SCHOOL TEAM, SRL, ya que no participó del proceso de selección.

En un comunicado emitido la noche de este miércoles, aclaró que solo las empresas Ediciones Unidas del Caribe, Editorial Cocolo y Editorial CA-MART, SOLUCIONES, SRL, según la documentación aportada, son cesionarias de los derechos de Propiedad Intelectual que aparecen registrados a su nombre.

La aclaración fe realizada por el Ministerio de Educación, tras conocer la noticia de que la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCP) le suspendió los contratos para adquisición de libros digitales hace casi un mes, debido a una medida cautelar interpuesta por la razón social Actualidad Escolar 2000, S.R.L.

EL COMUNICADO  INEXTENSO…

 

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

El Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) hace de público conocimiento que no ha adquirido libros de texto a través de contrato con la empresa SCHOOL TEAM, SRL, por cuanto esta no ha participado del proceso de selección; las empresas Ediciones Unidas del Caribe, Editorial Cocolo y Editorial CA-MART, SOLUCIONES, SRL, según la documentación aportada, son cesionarias de los derechos de Propiedad Intelectual que aparecen registrados a su nombre.

En relación con la adquisición de libros de texto, la normativa es la Ordenanza No.26-2017, que regula la evaluación de los medios y recursos para el aprendizaje y establece en su artículo 25, literal c, lo siguiente: “Es un requisito para que el recurso de aprendizaje sea evaluado presentar certificación de la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA) y de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) cuando el tipo de recurso lo requiera”, ambas certificaciones reposan en la documentación del proceso y se encuentran a disposición de todo interesado.

La misma normativa establece en su artículo 21, párrafo único el procedimiento a partir del cual se evalúan los medios y recursos para el aprendizaje y establece que, “el proceso de evaluación de los libros de texto y otros medios y recursos impresos se realizará con carácter de confidencialidad siguiendo el procedimiento de doble ciego. Esto significa que es de total desconocimiento para los evaluadores la identidad del oferente.

Esta evaluación es realizada por un equipo interdisciplinario de evaluadores compuesto por especialistas de las áreas involucradas, las cuales aplican un instrumento con criterios e indicadores de calidad que deben cumplir los textos sometidos a evaluación, los cuales deben alcanzar una puntuación mínima de 90 puntos y una máxima de 100.

El Comité de Compras del Ministerio de Educación, reitera su compromiso con la transparencia y ética en el manejo de los fondos públicos al tiempo de ratificar la voluntad de cumplir con las normativas de cara al acceso a la información pública nacional.

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