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Envían a prisión un año esposos por agredir sexualmente a una adolescente de 13 años

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Se trata de Darly Enmanuel Burgos Santos y a Nairoby Carolina Peña y/o Nairobi Cabrera Peña, quienes la encerraban en un salón de belleza.

SANTIAGO, República Dominicana.- La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente impuso prisión preventiva durante un año a una pareja de esposos que cometió agresiones sexuales contra una adolescente, a la cual encerraban en el local de un salón de belleza, propiedad de la mujer, para someterla a numerosos abusos.  

Los hechos a los que la Fiscalía de Santiago hace referencia en la instancia de solicitud de medidas de coerción, le son atribuidos a Darly Enmanuel Burgos Santos y a Nairoby Carolina Peña y/o Nairobi Cabrera Peña, quienes enfrentan varios cargos por la agresión, violación y abuso psicológico sufridos por la menor de edad.  

Ministerio de Obras Publicas

La adolescente, narra la medida de coerción, fue encerrada en el local de un salón de belleza, propiedad de la imputada, a donde la menor acudía para aprender los servicios que se ofrecen allí, y luego, la imputada le avisaba a su esposo, Burgos Santos, para que entrara al local y violara sexualmente a la víctima.  

Indica la relación de hechos que la menor de edad era hostigada y amenazada por la imputada para que accediera a sostener relaciones sexuales con el imputado y la investigación reveló que la procesada además le proponía practicar orgías o tríos amorosos.  

En vista de la gravedad de lo sucedido, la fiscal Martha González, representando a la Fiscalía ante el juzgado, presentó contra la imputada Peña, cargos por violación a los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano; artículo 396 literales A, B y C, de la Ley 136-03 que crea el Código de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, por los delitos de asociación de malhechores, agresión física, psicológica y agresión sexual.  

En tanto que contra el imputado pesan cargos por transgresión a los artículos 265, 266, 309-1 y 331 del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97 de Violencia de Género; artículo 396, letras A, B y C, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), que tipifican la asociación de malhechores, violencia de género, violación sexual y agresión física, psicológica y sexual, en perjuicio de la víctima menor de edad.  

El tribunal ordenó la realización de anticipos de pruebas a la víctima, además de la extracción de datos de los celulares. 

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