Santo Domingo.-El Tribunal Constitucional anuló la resolución número 14-2022, relacionada con medidas para el mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)” que el Ministerio de Trabajo emitió el 25 de agosto de 2022, a los fines de regular el oficio de las trabajadoras domésticas.
Acogió una acción de inconstitucionalidad interpuesta por Luis Vilchez Bournigal y declaró no conforme con la Constitución dicha Resolución, emitida por el Ministerio de Trabajo el 25 de agosto del año 2022.
En las resoluciones 14-2022 y 11-2022, del Comité Nacional de Salario fijó un salario mínimo de RD$10 mil pesos para las empleadas domésticas, así como ser registradas en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y una jornada de 8 horas.
También estableció para las trabajadoras domésticas pensiones solidarias y seguro de riesgos laborales, así como el pago de salario de Navidad y vacaciones no disfrutadas y todos los beneficios contemplados en el Código Laboral de los que disfrutan los demás empleados formales.
Además se prohíbe a las agencias de empleo privadas realizar descuentos a las remuneraciones de estos trabajadores y contratar personas menores de 18 años.
El plan piloto de la regulación del trabajo doméstico entró en vigencia el 19 de diciembre del año pasado.
El Tribunal Constitucional, a través de esta medida, ordenó la comunicación de la sentencia, por Secretaría, a la parte accionante, a Vilchez Bournigal, al Ministerio de Trabajo, al Congreso Nacional y a la Procuraduría General de la República.