LUXEMBURGO, 19 de mayo (Reuters) – Google, propiedad de Alphabet, intentó el 19 de junio anular una multa antimonopolio de 2.420 millones de euros (2.600 millones de dólares) impuesta por la UE por abuso de mercado en relación con su servicio de compras. La multa de la Ley de Confianza e hizo un último esfuerzo para anularla ante el más alto tribunal europeo, alegando que los reguladores no habían logrado demostrar que las prácticas de la empresa fueran contrarias a la competencia.
Google recurrió ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) después de que el Tribunal General de 2021 desestimara un recurso contra una multa impuesta por la comisaria europea de Defensa de la Competencia, Margrethe Vestager, en 2017.
La multa fue la primera de las tres multas por comportamiento anticompetitivo a las que Google ha destinado un total de 8.250 millones de euros en la última década.
El abogado de Google, Thomas Graf, dijo que la Comisión no había demostrado que el trato diferente de la empresa a sus competidores fuera abusivo y que el trato diferente por sí solo no era anticompetitivo.
Una empresa no compite tratando a sus competidores igual que a sí misma. ‘Las empresas no compiten tratando a sus competidores de la misma manera que se tratan a sí mismas. El objetivo de la competencia es que las empresas se diferencien de sus competidores. No es alinearse con sus competidores para que todos sean iguales.
Llamar a todo trato diferente abuso socava la competencia, especialmente cuando las empresas tratan de forma diferente a sus homólogos directos y a terceros. Socava la capacidad y el incentivo de las empresas para competir e innovar», declaró el Presidente de la Comisión Graf.
El abogado de la Comisión Europea Fernando Castillo de la Torre rechazó las alegaciones de Google, afirmando que Google había infringido la legislación antimonopolio de la UE al utilizar su algoritmo para favorecer injustamente su servicio de comparación de precios.
Google tenía derecho a aplicar su algoritmo para reducir la visibilidad de ciertos resultados de búsqueda que eran menos relevantes para la consulta del usuario.
Lo que Google no tenía derecho a hacer era utilizar su posición dominante en la búsqueda general para ampliar su posición en la comparación de precios promoviendo y embelleciendo los resultados de búsqueda de sus servicios con características atractivas, y empujar hacia abajo los resultados de búsqueda de sus competidores, que son más propensos a mostrar resultados con características menos atractivas». El algoritmo debía aplicarse.
Se espera que el TJUE dicte sentencia en los próximos meses.
Sin embargo, este caso y otros dos relacionados con el sistema operativo para móviles Android y los servicios de publicidad Adsense palidecen en comparación con el caso antimonopolio de la UE relacionado con el lucrativo negocio de publicidad digital de Google.
El caso es C-48/22 P Google y Alphabet contra la Comisión (Google Shopping).
(Reportaje de Foo Yun Chee; Edición de David Evans; Edición de José Muñoz)’.