Bruselas, 6 Sep (.) – La Comisión Europea obligó el pasado 6 de septiembre a Alphabet (NASDAQ:GOOGL), Amazon (NASDAQ:AMZN), Apple (NASDAQ:AAPL), ByteDance, Meta y Microsoft (NASDAQ:MSFT) a cumplir la Digital Markets Act) para cumplir la Ley de Mercados Digitales.
Todas estas empresas cumplen los requisitos de tener un volumen de negocios en Europa de al menos 7 500 millones de euros en los últimos tres años o una capitalización bursátil de al menos 75 000 millones de euros en el último ejercicio, o tener al menos 45 millones de usuarios activos y 10 000 usuarios empresariales al año y operar en tres países de la UE. Se cumplen las siguientes condiciones.
Bruselas considera, por tanto, que estos servicios tienen poder suficiente para distorsionar el mercado y deberán cumplir en los próximos seis meses los criterios fijados por la UE para garantizar la libre competencia en la economía digital.
En concreto, desde las redes sociales Facebook (NASDAQ: META), Instagram, TikTok y LinkedIn hasta los sistemas de mensajería WhatsApp y Messenger, 22 servicios ofrecidos por las compañías, desde la plataforma de vídeo YouTube, el buscador Google Search, el navegador Chrome y Safari, deben cumplir los criterios.
Además, los sistemas operativos iOS, Android y Windows, Google Play, Google Shopping, Amazon Marketplace, Meta Marketplace, las tiendas de aplicaciones móviles de Apple (Up Store) y Google (Google Play), las herramientas de publicidad en línea de Google, Amazon y Meta entre otros servicios.
A partir de hoy, las seis empresas tendrán que notificar previamente a la Comisión Europea si adquieren otras compañías y deberán nombrar un interlocutor con la EU Enforcement para hacer frente a posibles infracciones y a las investigaciones posteriores.
La Ley de Mercados Digitales cambia el planteamiento anterior de la UE sobre las normas antimonopolio, obligando a las empresas a cumplir los requisitos por adelantado, sin tener que esperar a que Bruselas inicie una investigación, que a menudo lleva años, para determinar si respetan la libre competencia en el mercado digital, en rápido desarrollo. Tendrán que hacerlo.
La normativa prohíbe a las empresas combinar datos personales obtenidos a través de múltiples servicios (por ejemplo, Meta ya no podrá cruzar información de Facebook y WhatsApp).
Tampoco podrán obligar a los usuarios a tener sus aplicaciones móviles instaladas en sus dispositivos, y los clientes podrán comprar apps en tiendas de la competencia.
Los gigantes de Internet tampoco podrán favorecer sus propios productos en los motores de búsqueda, y los servicios de mensajería de las grandes plataformas tendrán que ser compatibles con los de las pymes.
También se prohibirá a los gigantes de Internet utilizar para sus competidores los datos recogidos de clientes empresariales. Esta medida afectará, por ejemplo, a Amazon y Meta Marketplace.
Además, las entidades financieras podrán ofrecer servicios de pago alternativos a los que ofrecen en exclusiva estas empresas.
Si estas empresas no cumplen los criterios, Bruselas podrá imponerles multas de hasta el 20% de su facturación global y, eventualmente, obligarlas a reestructurar sus empresas.
La decisión de la Comisión de no incluir el motor de búsqueda Bing, el navegador Edge, la herramienta de publicidad online Microsoft Advertising, el sistema de mensajería de Apple iMessage y el sistema operativo de Apple para tabletas (iPadOs). Aceptó los argumentos de Microsoft y Apple, pero inició una investigación para determinar si debía cumplir los requisitos.
También excluyó los servicios de correo electrónico Gmail y Outlook.com y el navegador de Samsung (KS:005930).