Política

TSE conoce caso sobre conflictos internos del PRM

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También canceló su intervención en otros dos casos, ordenó archivar los expedientes y suspendió la audiencia para que los querellantes regularicen sus citaciones a los querellados. El tribunal d.

También canceló su intervención en otros dos casos, ordenó archivar los expedientes y suspendió la audiencia para que los querellantes regularicen sus citaciones a los querellados.

El tribunal dejó en suspenso las denuncias presentadas por los ciudadanos Wilkin Antonio Moreno, Alejandrina Muñoz Gutiérrez y Alexander Lis de Jesús por infracciones a la Ley de Partidos Políticos, a las normas partidarias y a los estatutos partidarios.

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El TSE dio un plazo de cinco días para que cada partido presente sus alegatos por escrito. Transcurrido este plazo, el expediente quedará pendiente de sentencia.

Los demandantes en el caso son el Partido Revolucionario Moderno (PRM), la Comisión Electoral del país (CNEI) y el señor Víctor Emilio Ogando.

La JCE fue citada al proceso, pero solicitó ser excluida del mismo alegando que se trataba de una controversia sobre la preinscripción de candidatos dentro de un partido político y que la JCE no tenía interés jurídico en este caso.

El Tribunal Superior, integrado por los magistrados Ignacio Pascual Camacho Hidalgo, Hermenegilda del Rosario Fondur Ramírez, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Hermenos Forastieri y Fernando Fernández, presidió la Sala, también emitió una sentencia reservada sobre la solicitud de revisión de los resultados electorales a nivel de concejales en la Sanxcripción Municipal No. 2 de Santo Domingo Este. La solicitud de revisión de los resultados electorales a nivel de regidores en la Circunscripción Municipal No. 2 de Santo Domingo Este, emitida por la Comisión Central Electoral y publicada el 2 de octubre, interpuesta por el señor Julio César Aquino López contra la Comisión Central Electoral (JCE) y el Partido Revolucionario Moderno (PRM), también fue fallada con reserva de reserva.

Aquino López, quien figura como candidato a regidor en la referida circunscripción, alega que su posición está en peligro porque puede ser sustituido por una mujer en las urnas debido a su obligación de cumplir con la cuota de género.

Estas demandas fueron presentadas por José Ramón Sierra Peña, candidato suplente a regidor en el municipio Santo Domingo Este, contra la Comisión Central Electoral y el Partido Revolucionario Moderno (PRM). La fusión fue el resultado de la identidad de partes, sujetos y causas de los referidos expedientes.

Por otro lado, el TSE-05-0020-2023, interpuesto por Antony (Antonio) y Davier Moldán Paulino, corresponde a una acción cautelar preventiva de emergencia contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y la Comisión Nacional Electoral Interna (CNEI) de la misma organización política.

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