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Intrant: prohibición de la circulación de vehículos de carga durante Navidad y Año Nuevo

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Intrant: prohibición de la circulación de vehículos de carga durante Navidad y Año Nuevo El Departamento de Transporte y Tráfico (Intrant) ha anunciado la prohibición de la circulación de cam.

Intrant: prohibición de la circulación de vehículos de carga durante Navidad y Año Nuevo

El Departamento de Transporte y Tráfico (Intrant) ha anunciado la prohibición de la circulación de camiones en todo el país como parte de las medidas de seguridad vial para el período de Navidad y Año Nuevo, como en años anteriores.

A continuación reproducimos íntegramente el comunicado de Intrant.

El Instituto Nacional de Tráfico y Transporte (Intrant), en virtud de las facultades conferidas por la Ley nº 63-17 de 21 de febrero de 2017, en particular sus artículos 8 y 120, anuncia la Resolución Administrativa 025-2023 sobre restricciones al tráfico de mercancías durante las Navidades de 2023 y Nochevieja y Año Nuevo de 2024.

En el marco de las medidas de seguridad vial adoptadas con motivo de las fiestas de Navidad y Año Nuevo, se establecen las siguientes restricciones al transporte de mercancías durante el periodo comprendido entre las 6 horas del sábado 23 de diciembre de 2023 y las 5 horas del martes 26 de diciembre de 2023 y entre las 5 horas del sábado 30 de diciembre de 2023 y las 5 horas del martes 30 de diciembre de 2023, así como durante el periodo comprendido entre las 5 horas del sábado 30 de diciembre de 2023 y las 5 horas del martes 30 de diciembre de 2023, y durante el periodo comprendido entre las 6 horas del sábado 30 de diciembre de 2023 y las 5 horas del martes 30 de diciembre de 2023 Desde las 6h del sábado 30 de diciembre de 2023 hasta las 5h del martes 30 de diciembre de 2023, se prohíbe en todo el territorio nacional la circulación de vehículos de transporte de mercancías, incluidos los permisos concedidos por los pilotos en las zonas de acceso restringido (ZAR). y desde las 6h del sábado 30 de diciembre de 2023 hasta las 5h del martes 2 de enero de 2024.

Sólo se concederán permisos a los vehículos que transporten mercancías consideradas prioritarias o perecederas, y los tipos de carga para los que se pueden solicitar permisos incluyen: combustible, agua potable embotellada, productos alimenticios, juguetes, medicamentos, equipos médicos, servicios de residuos hospitalarios, cal viva para la generación de energía, envases desechables y papel, transporte de mercancías valiosas y organización de eventos.

Independientemente del tipo de carga transportada, no se conceden permisos para cargas especiales, como camiones de doble cola o doble remolque, carga sobredimensionada o con sobrepeso.

Quedan excluidos de esta prohibición las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencia, camiones cisterna que presten servicios de abastecimiento de agua y los vehículos debidamente identificados para prestar servicios de averías y mantenimiento de electricidad, telecomunicaciones, telefonía, saneamiento, mantenimiento de carreteras, auxilio y saneamiento urbano.

El incumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución dará lugar a una sanción de un salario mínimo en el sector público descentralizado, tanto para el propietario como para el conductor del vehículo, de conformidad con el artículo 281 de la Ley nº 63-17 y el artículo 69 del Reglamento nº 258-20 sobre el transporte de mercancías.

Las personas que deseen obtener un permiso de distribución para estas fechas tienen hasta las 15:00 horas del viernes 22 de diciembre de 2023 a partir de la publicación de este documento en la página web del INTRANT:www.intrant.gob.doを通して申請する必要がある。.

Sin perjuicio de las restricciones adicionales que se impongan en determinadas vías, los vehículos de carga no deben exceder una velocidad máxima de 70 km/h en las vías troncales, las cargas deben estar debidamente aseguradas, cumplir con la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20 sobre transporte de carga y transitar siempre por el carril derecho.

En la Ciudad de Santo Domingo, Jurisdicción Nacional, a 15 de noviembre de 2023.

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