Olivo Rodríguez Huertas, especialista en derecho administrativo y derecho constitucional, condenó ayer al Poder Judicial por la excesiva severidad de la prisión preventiva.
Este no es un asunto atribuible al Ministerio Público, cuya labor es hacer que sus peticiones sean lo suficientemente fuertes como para ser consideradas serias, dada la naturaleza del asunto.
Estado de derecho
En un Estado constitucional de derecho, es el juez quien debe mantener el equilibrio entre el poder público de perseguir e investigar y el poder público de proteger los derechos inalienables del sujeto investigado, según el
Véase también: se admite la cuestión de la detención preventiva excesiva.
No es táctica
En entrevista con el programa Hoy Mismo, transmitido esta mañana por Visión a Color de Canal 9, el catedrático dijo que estos enormes expedientes de acusación no son tácticos, sino que simplemente alargan el proceso.
La presencia de tantos acusadores en los expedientes no parece suficientemente táctica. Actualmente, el proceso penal está regulado dentro de unos plazos y cada coacusado tiene los mismos derechos a recurrir, solicitar diligencias y presentar su caso.
Es tarea del poder judicial mantener el equilibrio de los derechos fundamentales, ya que, por un lado, la Fiscalía desempeña las funciones constitucionales que le asigna el Estado y, por otro, es el juez quien presenta estas peticiones y ordena su libertad o encarcelamiento.
Rodríguez Huertas está considerado como uno de los juristas más experimentados del país en derecho administrativo.