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Defensa de un condenado a prisión permanente sin posibilidad de rehabilitación por

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Sevilla, 1 Dic (EUROPA PRESS) -. El equipo de defensa de un joven condenado por un juzgado de Sevilla a cadena perpetua por la agresión sexual, asesinato y descuartizamiento de Rocío Cais, de 17 a.

Sevilla, 1 Dic (EUROPA PRESS) -.

El equipo de defensa de un joven condenado por un juzgado de Sevilla a cadena perpetua por la agresión sexual, asesinato y descuartizamiento de Rocío Cais, de 17 años y vecina de Martín de la Jara, con la que mantenía una relación sentimental, en junio de 2021 en Estepa, ya ha comunicado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), prepara un recurso contra la sentencia.

El abogado Manuel Manzaneque, que representa al condenado, ha señalado a Europa Press que ya están trabajando para ajustar el recurso a la condena del tribunal, sobre todo en lo que se refiere a la agresión sexual atribuida al joven, que no incluye referencia a las contraindicaciones puestas de manifiesto en el juicio, que se han planteado cuestiones forenses relativas a la violación.

Según el escrito de la sentencia, como resultado del juicio celebrado el pasado mes de octubre, el jurado popular consideró que el 2 de junio de 2021, sobre las 19:45 horas, Adrián N., de 25 años y nacionalidad rumana, se enfrentó a su expareja en el domicilio que compartían en Estepa tras el nacimiento de su hijo, y en contra de la voluntad de ella, el acusado se acercó a ella con la intención de mantener relaciones sexuales con ella y, para ello, utilizó la violencia y la penetración vaginal para conseguir su objetivo.

Tras ello, el acusado, con la intención de acabar con la vida de la menor, o al menos reconociendo y aceptando que ello era probable que ocurriera como consecuencia de sus actos, se colocó detrás de ella, sin que la menor pudiera defenderse eficazmente, y la atacó por la espalda de forma sorpresiva, agrediéndola de tal forma Sin esperar ser atacada, y sabiendo que ella no estaba preparada, le rodeó el cuello con una cuerda, la estranguló y la mató con un lazo.

El joven, que compareció en el juicio, aceptó responder sólo ante su abogado y el fiscal, y no ante acusaciones personales o representantes del Parlamento andaluz, pero por su parte admitió que habían discutido y que había estrangulado a su ex pareja, pero afirmó que no había tenido intención de matarla.

Según el jurado popular, tras la muerte de la joven, el condenado descuartizó su cuerpo con dos cuchillos, introdujo los miembros desmembrados en varias bolsas de basura y los esparció por distintos puntos de la localidad de Estepa durante los días siguientes, algunos de los cuales guardó en su domicilio, concretamente en su frigorífico. Según el tribunal, el acusado dejó así algunos de los cadáveres en contenedores cercanos al supermercado y al almacén donde trabajaba, así como en el cauce seco de un arroyo entre la maleza. Según su relato, realizó estos actos para ganar tiempo.

El jurado también consideró que el 3 de junio de 2021, el acusado utilizó el teléfono móvil de la víctima para hacerse pasar por ella y enviar mensajes a la madre y a la hermana de la menor a través de la aplicación de mensajería Facebook, diciéndoles que había abandonado la casa del condenado y se había ido a Badajoz con un chico del que se había enamorado Así se lo hicieron saber y también declararon que había quedado acreditado que ella les había pedido que cuidaran de su hijo hasta que regresara.

La sentencia declaró, entre otros hechos probados, que el condenado mató a la joven porque no aceptó separarse de él, por su condición de mujer y por su deseo de controlarla. En sus últimas palabras durante el juicio, Adrián N. pidió perdón a la familia de Rocío Cais, acusación particular en el caso, y a su propia familia por este hecho. Cabe recordar que al final del juicio, antes del veredicto, las acusaciones fueron concluyentes en su conclusión y la fiscalía acusó a Adrián N. de 14 años de prisión por asesinato con las agravantes de parentesco y género y otros cuatro meses de prisión por sentimientos religiosos y respeto a los difuntos con la agravante de parentesco.

La familia de Rocío Caisse solicitó 2 años y 10 meses de prisión por el delito de maltrato habitual, 1 año y 8 meses de prisión por los dos delitos de lesiones, 11 años de prisión por el delito de agresión sexual con las agravantes de género y parentesco, cadena perpetua por el presunto delito de asesinato con las mismas agravantes, otros 4 años de prisión por el delito contra el respeto a los difuntos, tras el crimen Otros dos años de prisión por suplantación de identidad derivada de la utilización de un perfil en una red social, y una multa por un delito leve de daños.

En la sentencia dictada por la Audiencia tras el veredicto del jurado popular, el tribunal declaró al acusado culpable de asesinato con la agravante de género y parentesco y la atenuante de confesión, y le condenó a cadena perpetua y privación de la patria potestad del hijo menor que tenían en común, además de penas colaterales como el derecho a vivir donde vivía el niño y a asistir al colegio Imponiendo; teniendo en cuenta la extrema gravedad de los hechos, el alto riesgo para el acusado y la prohibición de contacto o proximidad a menos de 500 metros entre el acusado y los padres o hermanas de la víctima.

En este sentido, el tribunal argumentó que por el delito de asesinato en el contexto de un posterior delito contra la libertad sexual, el tribunal estaba legalmente obligado a imponer una pena de cadena perpetua, a pesar de la circunstancia atenuante de una confesión.

Del mismo modo, el tribunal dictó una condena de 11 años de prisión por el delito de agresión sexual con la agravante de parentesco; cuatro meses de prisión por el delito contra la memoria del fallecido con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión, y seis meses, mientras que fue absuelto de los cargos de violencia habitual, lesiones con violencia sexual y daños, al no considerar el jurado probados estos cargos.

Además, Adrián N. deberá indemnizar con 390.274 euros a la familia de la víctima, es decir, a los padres de ésta, a sus dos hermanas y al hijo menor en común entre el acusado y la víctima.

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