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Procedimientos de inscripción en el sistema de facturación electrónica

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La ley 32-23 sobre facturación electrónica establece un calendario de mayo de 2024 a 2026. En la República Dominicana, todas las personas con relaciones comerciales están obligadas a seguir las .

La ley 32-23 sobre facturación electrónica establece un calendario de mayo de 2024 a 2026.

En la República Dominicana, todas las personas con relaciones comerciales están obligadas a seguir las directrices fiscales y la nueva ley que exige el registro para la facturación electrónica con un plazo establecido.

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) facilita el registro de los contribuyentes, tanto personas físicas como jurídicas. Los plazos son mayo de 2024 y mayo de 2026.

La inscripción es gratuita, pero hay requisitos que deben cumplirse.

Marguerite Brown, socia de Servicios Legales y Tributarios de Deloitte República Dominicana, explicó los pasos necesarios en este procedimiento.

Sobre cómo inscribirse en la facturación electrónica gratuita, la Sra. Brown dijo que primero se debe presentar la solicitud de autorización correspondiente y completar la «Solicitud para el uso de la facturación FE gratuita» (FI-GDF-018), disponible en el sitio web de la DGII, y enviarla por correo o al Centro de Apoyo al Contribuyente y a la Entidad Administradora Local.

Si se envía por correo, el formulario se encuentra en facturacionelectronica@dgii.gov.do (copia escaneada del documento adjunto).

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Antes de presentar una solicitud, debe estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), tener una clave de acceso a la oficina virtual (OFV) y contar con uno de los dispositivos de seguridad (token, tarjeta de código o soft token) para acceder a la oficina virtual El contribuyente debe disponer de una contraseña para acceder a la oficina virtual (OFV).

El contribuyente también debe estar autorizado para emitir un recibo fiscal (Alta NCF) y disponer de un certificado digital para trámites fiscales emitido por un prestador de servicios de confianza (entidad de certificación autorizada por el Indotel) correspondiente a la persona que cumple las obligaciones fiscales y actúa en nombre del contribuyente. Los contribuyentes también deben disponer de un ordenador o dispositivo móvil con acceso a servicios de Internet y no deben haber sido autorizados en el pasado a emitir e-CF a través de sistemas distintos de los facturadores gratuitos, dijo Brown.

Según Brown, las ventajas de la facturación electrónica incluyen

Reducción de los costes de impresión y adquisición de papel, lo que repercute positivamente en el medio ambiente.

Reducción de los costes de almacenamiento físico de documentos.

Reducción de los costes de cumplimiento.

Procesos administrativos más rápidos y eficaces.

Proporciona seguridad jurídica tanto al emisor como al receptor del recibo.

Trazabilidad y certeza de la información.

Normalización de las relaciones de comercio electrónico entre empresas.

Mayor seguridad en el almacenamiento de documentos

El Sr. Brown, Socio de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte República Dominicana, explica que con relación al agente retenedor, es decir, la persona o empresa que retiene el monto del impuesto que el contribuyente debe pagar a la DGII, el agente retenedor debe entregar la retención, las principales ventajas con relación al modelo de facturación electrónica La DGII explica que no existen

Además de las facilidades de la DGII, existen en el país empresas autorizadas por la DGII para prestar servicios de facturación electrónica.

Estas cartas deben contener la siguiente información

El nombre y RNC del contribuyente al que se le aplica la retención.

La base imponible a la que se le aplicó la retención.

El período o fecha en que se aplicó la retención.

Si la retención presentada se ajusta al modelo anterior, podrá ser aceptada. Se trata de un procedimiento interno del contribuyente en el que se registra toda la información relativa a la retención practicada en la operación.

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