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Creen que ley que establece el DNI viola la Constitución

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Esta organización afirma que no ha sido reformada, creemos que el Tribunal Constitucional confirmará la correcta interpretación en materia de protección de derechos fundamentales.

Expertos participaron en seminario organizado por UCAMAIMA. El movimiento cívico Participación Ciudadana (PC) y expertos en derecho constitucional calificaron de inconstitucional la nueva ley 1-24 que crea la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI), porque viola derechos fundamentales en su versión ciudadana. Los expertos Francisco Franco, Francisco Álvarez y Ricardo Rojas León coinciden en que la ley debe ser reformada porque viola los derechos de los ciudadanos consagrados en la Constitución de la República.

En el documento sobre participación ciudadana establece que el DNI no puede obligar a proporcionar información sin orden judicial, porque ello violaría el derecho fundamental a la privacidad, por lo que cualquier interpretación o acción en contrario sería inconstitucional. La Ley No. 1-24 debe ser reformada de inmediato para estipular claramente las obligaciones de los agentes de las entidades que pretendan proporcionar información para obtener la autorización judicial correspondiente.

La ley no debe dejar lugar a interpretaciones en una cuestión tan delicada como los derechos a la privacidad, la libertad de expresión y de información, incluida la protección del secreto profesional y las cláusulas de conciencia de los periodistas, así como la protección de sus fuentes, si así lo desea. caso. Esta organización afirma que no ha sido reformada, creemos que el Tribunal Constitucional confirmará la correcta interpretación en materia de protección de derechos fundamentales.

Expertos En una conferencia organizada ayer por la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (Pucmm) sobre la ley que crea la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI), el constitucionalista Francisco Franco dijo que esta norma tiene muchas fallas, porque viola los principios básicos de derechos estipulados en la Constitución. . No establecer un régimen sancionador claro.

Tampoco exige que el DNI conserve la información recopilada, lo que permite que la información se utilice para determinados fines y luego se destruya. Le puede interesar: El presidente del Senado dijo estar dispuesto a respetar cambios a la ley del DNI Por su parte, Álvarez, experto en derecho procesal penal, enfatizó que el DNI usurpa funciones propias de los diputados, por lo que considera urgente hacer modificaciones y no que la Corte Constitucional debe modificar la ley. Dijo que si la denuncia llega a esta Corte Suprema, tomará más tiempo solucionarla.

Mientras que para Rojas León, aunque la Corte Constitucional emitiera una sentencia complementaria no sería suficiente, porque la ley contiene cosas que sólo la Asamblea Nacional puede corregir, en la que citó la creación de un comité de seguridad nacional. panel La conferencia fue organizada por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (UCAMAIMA) y moderada por Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Instituciones y Justicia. También participó la periodista Edith Febles, quien relató el proceso de aprobación de la ley en el Congreso.

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