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Condenado en Sevilla tras almacenar cerca de 400 archivos pornográficos

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Los archivos de naturaleza similar se almacenan y descargan desde direcciones IP que coinciden con sus principales.

SEVILLA, 20 de febrero. (PRENSA EUROPEA)- Un juzgado de Sevilla ha condenado a un hombre por posesión de pornografía infantil, tras descubrir que en su teléfono móvil y su ordenador portátil tenía acumulados 289 archivos de contenido pornográfico infantil, y en el almacenamiento virtual vinculado a su cuenta tenía otros 95 archivos. Los archivos de naturaleza similar se almacenan y descargan desde direcciones IP que coinciden con sus principales.

En sentencia dictada el 31 de enero y recogida por Europa Press, la Sala Cuarta de la Audiencia de Sevilla declaró probado, por acuerdo entre el Ministerio Fiscal y el acusado, que éste, identificado como Juan Diego S.V. y no tenía antecedentes penales, entre el 11 de enero y el 3 de abril de 2021, a través de la cuenta de correo electrónico @gmail.com, descargó 95 archivos a la memoria virtual asociada a dicha cuenta de Google antes mencionada, en los cuales observó a menores (menores de edad) en actividades sexuales. posiciones y exponiendo sus genitales, desde las direcciones IP 87.125.5.72, 94.248.68.54 y 31.4.193.120, pertenecen a su madre.

La sentencia señala que durante el registro policial realizado en el domicilio del imputado, ubicado en Bollulos de la Mitación, el 13 de enero de 2022, se incautaron diversos dispositivos electrónicos, entre ellos un teléfono móvil Samsung Galaxy, que contenía un archivo con pornografía infantil; así como una computadora portátil en un disco duro que contiene 288 archivos de imágenes con el mismo contenido, así como un programa de acceso a la Deep Web (Tor.exe) que permite mostrar enlaces a sitios web alojados en otros lugares diferentes. archivos. contiene términos que se refieren explícitamente a la pornografía infantil, como “infantil”, “ilegal + menor + menor” o Caldito de pollo.

Considerando el caso, el tribunal declaró culpable al imputado de posesión de pornografía infantil, lo que, según dijo, conlleva una pena de seis meses, tres años de prohibición especial para ejercer una profesión u oficio que involucre a menores de edad y pagar honorarios. . , castigo que el acusado aceptó.

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