SANTO DOMINGO. – Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado de Santo Domingo Oeste, sentenciaron a 30 años de prisión a un hombre encontrado culpable de fabricar y comercializar bebida Monday’s, sin licencia otorgada por el Ministerio de Salud Pública, provocando la muerte a cuatro personas, mientras que otras siete resultaron intoxicadas en hechos ocurridos en el año 2021.
Tras acoger el pedimento del Ministerio Público, los jueces Leonarda Quezada, Sandra Josefina Cruz Rosario y Julio de Los Santos Morla, condenaron al acusado Carlos Alberto Pérez Almonte, ordenando el cumplimiento de la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.
Por la ingesta de dicha bebida alcohólica adulterada perdieron la vida María Magdalena Montero Canario, Dennis Montero, Jennifer Ramírez Montero y Ruth Esther Ortega Ramírez.
Mientras que Josefina Suero, Anyery Altagracia Alejo Sánchez, Juan Luis de la Rosa Polanco, Yeimy Montero, Loredys Montero, Jean Carlos Mejía y Darwin Leudy Correa Villa, presentaron severos síntomas de intoxicación.
El expediente acusatorio señala que el 3 de abril del año 2021, Carlos Alberto Pérez Almonte fabricó y comercializó 100 tragos de bebida Monday’s, de manera informal y sin ningún criterio de responsabilidad de velar por la calidad en los productos, y sin las licencias sanitarias correspondientes.
Pérez Almonte, de acuerdo con la acusación, se trasladó desde Santo Domingo Este, al Kilómetro 13 de la autopista Duarte, para vender los tragos fabricados en presentación de mojitos de diferentes sabores.
Entre los elementos probatorios presentados en contra del acusado, se encuentra el contenido de las bebidas adulteradas que fueron analizadas por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) y cuyo resultado arrojó que estas contenían un 37.3 % de metanol, siendo esta sustancia tóxica para la salud humana.
El tribunal dictó la sentencia condenatoria contra Carlos Alberto Pérez Almonte, por la violación a la Ley General de Salud No. 42-01 y la Ley No. 17-19 para la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados, así como los artículos 301 y 302 del Código Penal Dominicano.