Se prohíbe la publicación y difusión de encuestas o sondeos electorales ocho días antes de la elección. La Comisión Central Electoral (JCE) informó, este viernes, las disposiciones establecidas por la Ley Orgánica 20-23 de Régimen Electoral, de cara a las elecciones municipales del próximo 18 de febrero. Este organismo aclara que, a partir de la medianoche del 15 de febrero, queda estrictamente prohibido realizar actos de solicitación, manifestaciones públicas en establecimientos abiertos o cerrados, manifestaciones o reuniones políticas, incitación y propaganda electoral enviada a través de prensa, radio y televisión.
Esta organización reitera que el domingo 18 de febrero es día inhábil en el territorio nacional, según lo establece la ley en el artículo 229. En este contexto, enfatizó que cuando se trata de trabajos que no se pueden pausar, los empleadores tienen la obligación de proporcionar todo lo necesario para que sus empleados puedan votar sin perder salario. De igual forma, también se suspende la venta de bebidas alcohólicas desde el sábado 17 de febrero hasta las 5 horas del lunes 19 del presente mes.
Quedan exceptuadas de esta medida las organizaciones hoteleras ubicadas en zonas turísticas u otras localidades del país. En materia electoral, se prohíbe la publicación y difusión de encuestas o sondeos electorales ocho días antes de la elección.