La campaña electoral ha comenzado a prolongarse esta semana, con la Comisión Electoral Central encargada de hacer cumplir los plazos fijados entre mediados del año pasado, con la aprobación de varios partidos políticos. El próximo domingo 18 de febrero, 8 millones 103.291 personas están llamadas a votar en la carrera municipal que renovará el poder local por los próximos cuatro años. Los períodos anterior y siguiente incluyeron la prohibición de evangelismo y propaganda, restricciones a la venta de alcohol, entre otras prohibiciones, que fueron algunas de las reglas establecidas por la Ley Orgánica 20-23 del Régimen Electoral, dando paso a las elecciones.
calendario. A continuación indicamos el plazo completo desde este martes 13 y hasta fin de mes, según el cronograma de operación establecido por la JCE. Lea: Gobierno acusa a elementos políticos de estar detrás de la protesta de policías retirados 13 Proporcionar materiales electorales a los comités electorales.
hace 5 días. Artículo 103, Ley 20-23, Régimen Electoral. 14 Comienza el retiro de materiales electorales por parte de los presidentes y secretarios de los colegios electorales.
No más de 4 días antes. Artículo 104, Ley 20-23, Régimen Electoral. 15 Limitaciones a la evangelización, manifestaciones o reuniones de carácter político.
(ELECCIÓN FINALIZADA). Hasta la medianoche. Artículo 165, artículo 6, ley 20-23, régimen electoral.
16 Limitar la recogida de documentos[1] por parte del presidente y secretario del colegio electoral. Hasta hace 2 días. Arte.
104, Ley 20-23, Régimen Electoral. 16 Terminación de la campaña electoral, incluso en los medios de comunicación. Comienza a la medianoche del jueves anterior al día de las elecciones.
Artículos 177 y 179, ley 20-23, régimen electoral. 17 Restricciones a la venta y distribución de bebidas alcohólicas. Hace 24 horas.
Artículo 232, Ley 20-23, Régimen Electoral. 18 ELECCIÓN GENERAL MUNICIPAL 2024 Artículo 209, Constitución de la República Arts. 236, 237 y 249, leyes 20-23, relativas al sistema electoral.
20 Tiempo de recuento de votos electorales. 2 días. Artículo 274, fracción IV, Ley 20-23, Régimen electoral.
21 Plazo para la presentación de los documentos de cancelación. 24 horas después. Artículo 20, Ley 29-11, TSE.
23 Conocimiento de los desafíos presentados. 2 días después. Artículo 24, Ley 29-11, TSE.
Se han tomado 24 decisiones sobre los desafíos. 24 horas. Artículo 24, Ley 29-11, TSE.
26 Plazo para apelar las decisiones de la Comisión Electoral ante el Tribunal Superior Electoral. 48 horas. Arte.
26, Ley 29-11, TSE. El presidente de la JCE, Román Jáquez Liranzo, informó la víspera que desde la semana pasada se comenzaron a distribuir kits electorales en las zonas más alejadas del país, hasta el momento todo va bien según el correcto cronograma de trabajo.