Santo Domingo. – El Ministerio de trabajo informa que sancionó a la empresa Oscor Caribe, LLC (Interger Holding), por faltas graves y muy graves en seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo al artículo 6.1.1 del Reglamento 522-06 y el artículo 720 del Código de Trabajo, mediante el acta de infracción Núm. 64603, de fecha 28 de febrero de 2024, tras la muerte de Paula Santana Escalante.
Desde el pasado 26 de febrero la institución realizó visitas en todos los turnos de trabajo de la empresa que opera en la Zona Franca de Las Américas, entrevistando a los compañeros de turno de la joven y al personal administrativo.
Como resultado de estas visitas, además fueron levantadas las actas de apercibimiento Núms. 198833 y 198834, donde disponen sean asumidas acciones inmediatas que incluye la no utilización de la nave de la empresa donde ocurrió el hecho, como forma de garantizar la seguridad de los demás trabajadores.
Estas actas, tal y como establece el Código de Trabajo en su artículo 442, se están poniendo a disposición de la Procuraduría General de la República, a través del Procurador Fiscal laboral.
La institución a la vez que lamenta profundamente la muerte de Paula Santana, reitera que no había recibido por ningún canal denuncias de acoso sexual o laboral de la empresa donde esta laboraba.
El Ministerio de Trabajo ratifica su misión de garantizar las buenas relaciones entre trabajadores y empleadores y exhorta a los trabajadores a denunciar cualquier acción que atente contra su seguridad, salud, higiene o vulnere la normativa vigente, sin que esto suponga riesgo de desvinculación de sus puestos de trabajo.
Más temprano, la jueza de la Oficina de Atención Permanente de Santo Domingo Este, Karen Casado, dictó tres meses de prisión como medida de coerción a los dos hombres acusados de matar a la joven, Alex Elvin Cruz Díaz (Chuki) y Joaquín Alexander Hidalgo Marte. Ambos cumplirán la prisión en el Centro Correccional y de Rehabilitación Najayo.