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Vidal Potentini presentará demanda de inconstitucionalidad contra normas del TSE

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Dijo que las acciones que tomaría tenían como objetivo alejar del sistema judicial el peligro que algunos jueces del TSE habían pronosticado, al imponerles facultades desproporcionadas.

El presidente electo del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Vidal Potentini, anunció que la próxima semana facultará al Tribunal Constitucional (TC) para interponer una demanda Demanda constitucional que actúa en contra de las normas de competencia del Tribunal Superior Electoral (TSE), que mediante decisión ordenó un recuento de votos en las elecciones sindicales a celebrarse el 2 de diciembre de 2023. El abogado dijo que espera que el TC conozca y responda de manera inmediata y expedita los recursos de revisión y suspensión que el próximo 15 de enero el Colegio de Abogados presentará en protesta contra la decisión de los magistrados del TSE, Ignacio Pascual Camacho Hidalgo, Fernando Fernández y En su opinión, Yermenos Forastieri constituye una ruptura del sistema democrático y del orden constitucional. Dijo que las acciones que tomaría tenían como objetivo alejar del sistema judicial el peligro que algunos jueces del TSE habían pronosticado, al imponerles facultades desproporcionadas.

Vidal Potentini cree que este es el mayor error de un tribunal nacional, al asegurar que no tiene competencia para juzgar conflictos entre colegios profesionales, y subraya que basta con consultar a Google para comprender la violación de esta desafortunada sentencia. Esta sentencia es ciertamente un monumento al colapso de la independencia y objetividad judicial, violando la Constitución, las leyes electorales, incluso sus propias decisiones, y peor aún, irrespetando las normas vinculantes del Tribunal Constitucional, argumentó el eminente jurista. Felicitó y destacó el voto disidente y valiente de las dos magistradas del TSE, Rosa Pérez y Hermenegilda del Rosario Fondeur, quienes entendieron que hay otras maneras de entender el conflicto, desde la falta de mérito de algunos enteros de aplicación, hasta la falta de conocimiento de sus propios precedentes y conflictos con otras decisiones del CT.

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