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Finjus presenta 20 observaciones Ley DNI

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Entre las debilidades y aspectos que la unidad identifica, comprende y debe incluir se encuentra una lista de definiciones.

Fundación Instituciones y Justicia (Finjus) presentó ayer 20 observaciones a la ley 1-24 para crear la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI) para modificar su normativa e identificar sus falencias. Al presentar una lista de propuestas ante la Comisión Permanente de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes, que preside Juan Dionicio Rodríguez Restituyo, Finjus argumentó que sus propuestas se referían a una nueva ley, derogándola y reemplazándola por la actual. También esperaba que la nueva ley se beneficiara de un apoyo institucional proactivo, capaz de diseñar y planificar estrategias oportunas destinadas a mantener la convivencia pacífica y la seguridad de los ciudadanos, respetando y protegiendo los derechos y libertades de los ciudadanos.

Entre las debilidades y aspectos que la unidad identifica, comprende y debe incluir se encuentra una lista de definiciones. Señaló que en la ley 1-24 no existe una definición de términos y la presencia de conceptos jurídicos indefinidos. En este sentido, alienta la provisión de definiciones concisas e inclusivas de términos de seguridad nacional; Inteligencia estratégica; Amenaza la seguridad nacional; Contraespionaje; Operaciones secretas; Información confidencial; Cooperación internacional; Monitoreo electrónico; entre otros.

Además, en el documento de 15 páginas al que tuvo acceso elCaribe, Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de Finjus, alentó a sus observadores a prestar atención al debido proceso y a la solidez de la nueva ley. Para las solicitudes de información, procede establecer de forma clara, inequívoca y precisa los requisitos para quienes están obligados a proporcionar la información que se pretende obtener. Aclara que la DNI no puede pretender tener control sobre la información procesada por las entidades de telecomunicaciones, tal como lo establece el artículo 9, numerales 14 y 16; y 11, párrafo II.

La ley no estipula el respeto a la confidencialidad Castaños Guzmán estipula claramente que la Ley 1-24 no prevé el respeto a la confidencialidad, por lo que debe incluir un apartado que aborde los secretos profesionales del DNI y el tratamiento de los datos recabados. Asimismo, la Comisión considera que existe un vacío en los artículos 9 y 11 en el manejo posterior de la información porque la norma no establece un control judicial ex ante. El documento de reforma sostiene que el control posterior queda muy discrecional.

Esta iniciativa estará lista en 15 días El diputado Juan Dionicio Rodríguez Restituyo, quien considera que 11 de los 39 artículos que componen la polémica ley están en conflicto con la Constitución, anunció que el proyecto estará listo dentro de 15 días.

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