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Paneles solares: el dedo en la herida

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Sino todo lo contrario, y como lo advirtió uno de estos autores en una carta al director de Diario Libre, provocó un inesperado avispero de negatividad.

La investigación presentada recientemente sobre el impacto de los paneles solares en las finanzas públicas y el desastre financiero de las empresas de distribución de electricidad no ha tenido la acogida esperada por parte de los autores y autoproclamados expertos en cuestiones financieras. sujeto. sino todo lo contrario, y como lo advirtió uno de estos autores en una carta al director de Diario Libre, provocó un inesperado avispero de negatividad.

Hay muchas razones para la agitación que siguió a la conclusión de dicho informe, en el que se levantó un dedo acusatorio contra el derecho a utilizar un sistema de generación de energía renovable basado en paneles solares Dios. La amplitud de estas conclusiones es la que provoca el ambiente explosivo de opiniones contradictorias, porque deja espacio a la reflexión sin ninguna conclusión lógica y se limita a resaltar el impacto negativo que, a su juicio, tiene el uso de la consola por parte del usuario. Hay que recordar que el usuario tiene un derecho fundamental que le vincula a la dignidad, fundamento y fundamento del Estado social y democrático de derecho, y que es fuente de todos los derechos fundamentales inherentes al ser humano y no limitados a aquellos.

enumerados explícitamente en la Constitución Política. Hablamos del derecho al acceso a la electricidad como servicio público garantizado por el Estado (artículo 2). 147 de la Constitución), y tiene un impacto transversal en otros derechos como la igualdad y no discriminación, el derecho a una vivienda digna, la educación, la salud, la familia y el derecho a la libertad de desarrollar la personalidad.

Éstos también están vinculados a la libertad de empresa y de iniciativa privada que promueve la Constitución sin garantizar el monopolio, salvo que sean de interés del Estado y sean un medio para garantizar el respeto de los derechos de los ciudadanos y los intereses públicos. En todos los casos, el Estado no pierde ni renuncia al derecho de garantizar y controlar las condiciones de prestación de los servicios públicos. Con la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) como referencia, el Estado ha considerado promover, incentivar y utilizar las energías renovables como una forma de sustentar su responsabilidad ante la grave situación ambiental, es por ello que un conjunto de políticas como esta incentivan la uso de esta tecnología no sólo para proyectos que impacten en los mercados mayoristas de electricidad sino también para usuarios interesados ​​en producir la energía que consumen con absorción, al 100% o en la medida que crean que se puede lograr.

. La Autoridad Supervisora ​​de Electricidad (SIE) inició los trabajos en la definición de normas para regular la llamada generación distribuida, con una propuesta que circula desde noviembre de 2022 y ha sido objeto de denuncias serias, razonables y concretas por parte de la ‘mayoría’. .

actores industriales y sociales. Parece que las investigaciones presentadas han intentado trazar un camino hacia la SIE para determinar hacia dónde irán los aspectos incluidos en la regulación y en definitiva se refieren a la restricción, limitación o retirada de la política estrecha que fomenta este uso de la producción renovable. sistema, cabe recordar que se trata de una decisión legislativa y no reglamentaria.

Alguien me dijo que no son los paneles solares los que están siendo atacados, sino las regulaciones. Hermosa falacia. Si cuestionas regulaciones que desalientan, quitan incentivos y dificultan el acceso de los usuarios a estos sistemas de generación fotovoltaica, entonces definitivamente estás atacando el cielo de los paneles solares y más cuando los has criticado duramente por el aspecto más sensible: el económico.

del Estado y EDE. La forma es importante, no sólo el contenido. Si el interés es crear un espacio para una conciliación equilibrada sobre este tema, entonces no hay necesidad de tocar la sensibilidad financiera del sistema, que tiene otras razones no mencionadas en el estudio anterior, tal vez en aras de no redirigir el mismo meta.

El SIE es capaz de establecer normas definidas que no afecten derechos fundamentales ni entren en conflicto con aspectos legales, y menos a partir de consideraciones que en cualquier caso no pueden justificarse, justifica desviarse de dichas normas en aras de asegurar que las operaciones eléctricas para Las empresas deben ser monitoreadas y controladas de acuerdo con la normativa y las buenas prácticas de gestión. Quizás este estudio no esté dirigido a los paneles solares sino a la tan discutida confianza público-privada en las empresas distribuidoras. Según la parábola de Confucio, no señalemos con el dedo.

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