El Directorio de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (ProCompetencia) ordenó la apertura de procedimientos administrativos sancionadores contra empresas comerciales PROVILUZ Comercial, S.R.L. y GRUPO MACCABI, S.R.L., por presunta violación del artículo 5, letra b, ley núm. 42-08, que prohíbe prácticas colusorias en la contratación pública.
El expediente fue admitido a trámite luego de analizar el informe de investigación presentado por la Dirección Ejecutiva de ProCompetencia, en el marco del procedimiento de investigación abierto mediante la Resolución nro. DE-012-2022, donde se señalan indicios razonables de la existencia de conductas colusorias por parte de las empresas investigadas en el mercado, en relación con el proceso de contratación pública denominado Comedores Económicos CCCLPN-2022-0009. El Directorio, de comprobar las conductas alegadas por el Directorio Ejecutivo contra los agentes económicos antes mencionados, podrá imponer multa de 200 a 3.000 salarios mínimos, conforme a lo establecido en el artículo 61, Negro de Ley.
. NO SON. 42-08 Protección General de la Competencia, que prevé multas que van desde 200 a 3.000 salarios mínimos.
La Resolución N° 002-2024 fue aprobada por unanimidad del Consejo Directivo de ProCompetencia, integrado por María Elena Vásquez Taveras, presidenta; Gianna Liz Franjul Rivera, vocal y secretaria especial; Francisco Manuel Pimentel Vásquez, Keryma Marra Martínez y María Elisa Holguín López, afiliados, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, a 26 de febrero de 2024.