El abogado penalista Valentín Medrano garantiza que todos los interrogatorios y pruebas obtenidas fuera del plazo de 8 meses impuesto por el juez La investigación del condado nacional de Kenia que inició Romero fue ineficaz. en el caso de corrupción Calamar. Toda prueba obtenida en violación de la ley es nula de pleno derecho, según lo dispuesto en el artículo 69 de la Constitución de la República, relativo a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, afirmó el abogado.
Explicó que la disposición también afirma que toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tiene derecho a la tutela judicial efectiva, al debido proceso legal, incluidas las garantías mínimas que a continuación se establecen. El penalista señaló que el plazo fijado por el juez que conoció de la acción de ejecución el 18 de marzo de 2023 expiró el 18 de noviembre de 2023 según decisión del juez. Valentín aclaró que en realidad el procesamiento duró cuatro meses, por lo que hoy el caso lleva un año y cinco meses.
Aclaró que la prueba sólo puede valorarse si fue obtenida por medios lícitos y de conformidad con lo establecido en este código, señala el artículo 166 al referirse a la legalidad de la prueba. Señaló que las pruebas recolectadas en violación de los derechos y garantías del imputado deben ser excluidas del proceso. Las pruebas recopiladas sin tener en cuenta las formas y condiciones que implican una violación de los derechos y garantías del acusado no pueden considerarse para respaldar la decisión del tribunal ni utilizarse como base para esa decisión.
Los principales imputados en este caso son los exministros José Ramón Peralta, Donald Guerrero y Gonzalo Castillo, acusados junto a otros 17 exfuncionarios y abogados de defraudar al Estado por más de 19 mil millones de pesos.