Fui deportada después de 20 años de servicio y mi ex empleador sugirió que mi pago fuera en base a RD 70,000, declarados a la Seguridad del Tesoro Beneficios de Seguridad Social (TSS), sin incluir los $2,000 que transfieren para mí todos los meses. Me dijeron que de lo contrario el fraude sería denunciado a la administración tributaria y al TSS, y por lo tanto solo recibiría mi pago en base a dichos 70,000 RD$. Ese es mi caso.
¿Qué orientación me puedes dar? En su caso, la empresa está obligada a pagar sus pagos, incluidos los $2,000 que realizó pagos periódicos sin notificar a TSS. Puedes leer: Oficina de Trabajo: Empleo de Menores Es cierto que se trata de una situación inusual, en el sentido de que están obligados, como empleadores, a actuar como agentes de retención tanto ante la DGII como ante la TSS.
Por lo tanto, la responsabilidad de este incumplimiento recae en el empleador; Es decir, ahora no pueden alegar que por no cumplir con mis obligaciones tributarias, que me obligaban a actuar como agente de retención, ya no puedo pagarles con base en la cantidad que siempre les pagué pero nunca lo declaré. . Lo más razonable y menos riesgoso que puede hacer esta empresa es pagar una indemnización teniendo en cuenta todas las indemnizaciones que haya recibido.
En caso contrario, en caso de expulsión, cada día de retraso en el pago será multado con un día de salario, lo que supondrá una carga mayor para la empresa. Incluso si queda evidencia de este pago, es poco probable que la empresa haga una oferta real de pago y depósito a la DGII por el monto que reclama, ya que a la larga será declarada nula.