La difusión de noticias falsas o fake sobre partidos, candidatos y gobiernos a través de las redes sociales no se considera delito electoral, por lo que no se ha establecido sanción alguna para esta conducta. Así lo informó Iván Feliz, jefe interino de la Fiscalía Especializada en Lucha contra Delitos Electorales, quien dijo esperar que para las elecciones de 2028 exista una normativa interna que castigue esta práctica. No está clasificado en medios digitales.
Sí, el tema de las noticias falsas está contemplado en la Ley N° 6132 (De Expresión y Difusión de Ideas), artículos 27 al 30, pero no a través de medios digitales, porque esta ley es muy antigua, afirmó el juez en entrevista. con El Programa du. día.
Feliz agregó: Ojalá en las próximas elecciones tengamos una ley que castigue las noticias falsas. En otro auto, el fiscal electoral reveló que investiga el caso de dos mujeres que supuestamente fueron incitadas a abandonar a sus candidatos a diputada y senadora. Nombraremos a dos mujeres a quienes entendemos porque luego sus declaraciones fueron cambiadas, alguien intentó de alguna manera llevarlas al punto de abandonar la candidatura.
En efecto, recientemente una candidata de nombre Morel (Katiuska Morel Alcántara, candidata a diputada de Fuerzas Populares en el distrito electoral 1 del Distrito Nacional), a quien entrevistamos, declaró recientemente papá. Citaremos otros partidos, continuó Iván Feliz, entre ellos uno que encontramos influenciado con la intención de ser senador y otra persona que también fue influenciada con la intención de ser diputado. Entre las principales infracciones que llamó la atención la Comisión Central Electoral (JCE) se encuentran: Estos y otros delitos están previstos en el capítulo II, artículos 309 y siguientes de la ley básica 20-23 del régimen electoral.