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Ministerio de Trabajo reitera este jueves Día de Corpus Christi es no laborable

Ministerio de Trabajo
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Atendiendo al cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, el Ministerio informa que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas al otro día, viernes 31 del mismo mes, ya que este día no se cambia.

Santo Domingo.-El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país que el jueves 30 de mayo, fecha en la que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

Atendiendo al cumplimiento de la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, el Ministerio informa que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas al otro día, viernes 31 del mismo mes.

La celebración de estas fechas, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.

​Corpus Christi (‘cuerpo de Cristo’), es una fiesta de la Iglesia católica destinada a celebrar la Eucaristía. Su principal finalidad es proclamar y aumentar la fe de los creyentes en la presencia real de Jesucristo en el Santísimo Sacramento, dándole públicamente el culto de adoración el jueves posterior a la solemnidad de la Santísima Trinidad.

Corpus Christi se celebra 60 días después del Domingo de Resurrección, específicamente, el  el jueves que sigue al noveno domingo después de la primera luna llena de primavera del hemisferio norte. En algunos países esta fiesta ha sido trasladada al domingo siguiente para adaptarse al calendario laboral.

Tradicionalmente se celebra el tercer jueves del mes de junio. Sin embargo, este año se ha programado para el 30 de mayo. ¿Por qué?. Esta variación en la fecha del Corpus Christi se debe a que su cálculo está basado en el calendario litúrgico, el cual se ajusta según la primera luna llena de la primavera.

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