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Abogados objetan sentencia contra Rosa María Pilarte

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Se trata de un lavado de dinero producto del narcotráfico que no ha identificado y condenado previamente a nadie por tráfico y venta de drogas", afirmó.

Constitucionalista Fredermido Ferreras Díaz asevera que sentencia contra congresista Rosa Amalia Pilarte es un precedente perjudicial que desacredita a los jueces que la pronunciaron.

Abogados dicen que no es posible condenar a una persona por lavado de dinero sin probar la existencia de un delincuente anterior o una generación anterior del presunto dinero sucio lavado.

“Esta decisión antisoberana se limita a probar que. “Se trata de un lavado de dinero producto del narcotráfico que no ha identificado y condenado previamente a nadie por tráfico y venta de drogas”, afirmó.

También dijo que los jueces que actuaron en este caso fueron mediocres y serviles, por lo que deben ser considerados “conspiradores, abusivos y manipuladores”. y por lo tanto las decisiones de este “tribunal especial” son definitivas y no están sujetas a apelación. del legislador, cuando es conocido por el Consejo Pleno de la Corte Suprema de Justicia, es similar a un “recurso de casación” pero no es un “recurso de casación”, es decir, no busca no modificar la sentencia, sino determinar si la se aplicó correcta o incorrectamente la ley

Explicó que esta estrategia implica exigir al representante que renuncie a su inmunidad congresal para que su caso pueda ser juzgado ante un tribunal ordinario, de modo que el proceso pase por todos niveles de jurisdicción. y esto ya no es efectivo, porque al dictar sentencia el tribunal se despojará de su competencia y su acción recursiva dependerá de la autoridad del juez que tomó la decisión, no no de la condición del condenado.
Destacó que la sentencia existe y sólo puede ser impugnada ante el pleno de la SCJ, incluso si la señora Pilarte ya no es diputada.

Jurista concluye afirmando que si la sentencia se casa. Al enviarse, el expediente volverá a su estado original y luego el nuevo tribunal sentenciador deberá retirarse de su jurisdicción ordinaria y luego comenzar nuevamente desde el principio.

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