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El tribunal volvió a llevar a juicio a Jean Alain y a los 14 acusados ​​en el caso Médusa bajo la jurisdicción adecuada

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En el caso del ex fiscal, el tribunal consideró que había pruebas suficientes para juzgar las acusaciones del fiscal en su contra en el caso Médusa.

En el caso del ex fiscal, el tribunal consideró que había pruebas suficientes para juzgar las acusaciones del fiscal en su contra en el caso Médusa. juicio según la jurisdicción. ex servidor público por presunta comisión de delitos que dañaron bienes públicos, especialmente fondos asignados a la Fiscalía General de la Nación.

Tipos de delitos cometidos El exfiscal fue imputado por delitos conexos. delitos, cohecho, malversación, fraude, alianzas oficiales, financiamiento político, hurto a funcionarios públicos, enriquecimiento ilícito, perjurio y lavado de dinero.

Por otro lado, el juez Martínez excluyó los delitos penales que incluyen mentira escrita, uso de documentos falsos y autoría ilícita que causen daño o alteración de datos y sabotaje cibernético en el entendido de que sus elementos constitutivos no se configuran en términos de hechos y pruebas.

En sus motivaciones, el juez Amauri Martínez consideró lo que es estipula la ley “llegar a la conclusión de que hay aspectos que necesariamente deben ser observados en el juicio durante el juicio, sin desconocer que alrededor de ellos siempre se mantiene en este proceso el principio de presunción de inocencia, de conformidad con lo dispuesto en la ley”. Constitución de la República, tratados y derecho internacional. “

Asimismo, el tribunal devuelve a proceso a Javier Alejandro Forteza por el delito de derecho. Ibarra, Alfredo Alexander Solano Augusto, Rafael Antonio Mercedes Marte, Ramón Lucrecio Burgos Acosta, Jonathan Loanders Medina, Isis Tapia Stefanni y Félix Antonio Rosario Labrada.

También a Francis Ramírez Moreno, Alejandro Martín Rosa Llanes, Rolando Sebelén Torres, Braulio Michael Batista Barias, Miguel José Moya y empresas Desarrollo, Organizaciones individuales, DIO, S.R.L., Sistemas de control de incendios S.R.L. y José Luis Liriano y Lirtec S.R.L.

Medidas coercitivas El juez Amauri Martínez decidió mantener las medidas coercitivas en contra de Jean Alin Rodríguez, Jonnathan Joel Rodríguez Imbert y Rafael Antonio Mercedes Marte, entre ellas arresto domiciliario, garantías económicas y colocación de localizadores electrónicos, debido a que no modificaron el presupuesto a falta de novedades para ponerles fin. No aplica

El Tribunal emitió orden no ser considerado a favor de Sara María Fernández de José, porque las pruebas aportadas por la Fiscalía fueron insuficientes para sustentar la acusación y no existe posibilidad razonable de incorporar a los nuevos procesados ​​civilmente por el Estado dominicano, las empresas Adicionales Er , S.R.L., Procons, S.R.L., Productiva, S.R.L. y Alfeizar Construcciones, S.R. l; Constructora Casasnovas S.R.L y Marizán Ingeniería Civil e Inmobiliaria, S.R.L., Grupo Acor, S. R. L. y Grupo Antares, S. R. L, primer depósito médico de Guzmán, S. R. L., y Tecnicaribe Dominicaine, S. A., Transformadores Aquino, S. R. L., y Arquitectura Integral, S. R. L., de conformidad con el artículo 304 del Código Procesal Penal, en los artículos 1, 4 y 5.

Acuerdos

De igual manera, el tribunal aceptó el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público y 21 personas y empresas presuntamente involucradas, a través de un procedimiento conocido como acuerdo marco de procedimiento penal sumario, llegaron a un acuerdo penal y civil con la fiscalía y el Estado de Dominica.

Proceso
El Juzgado Tercero de Primera Instancia de Distrito queda autorizado mediante Auto N° 01480-2022, de fecha 5 al 7 de mayo de 2022, para conocer el caso denominado actividad de medusas. El Tribunal procedió a programar una audiencia preliminar mediante auto No. 059-2022-TFIJ-0011, y durante ese tiempo se llevaron a cabo diversas audiencias para proteger las medidas investigativas así como el derecho a proteger los intereses judiciales de las partes. .
A pesar del paso del tiempo en esta etapa, el tribunal lo hizo con apego al debido proceso y tutela judicial efectiva, adoptando las medidas oportunas para proteger los derechos de las partes en el proceso. El Tribunal procedió a cerrar los alegatos el 4 de junio de 2024 y aplazar la sentencia, dando lugar a una valoración de los argumentos de los distintos defensores técnicos en materia de hecho y de derecho, lo que llevó a tomar la decisión antes mencionada.

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