Según el artículo 30 de la norma 311-14, la Dirección de Contabilidad notificará al Tesoro Nacional, sus funciones y el nombre del servidor público que estuvo obligado a presentar una declaración jurada bajo juramento pero no lo hizo, por lo que no se le pagó su salario.
La Sala de Cuentas llama a la Liga Municipal Dominicana, la Liga de Municipios de Dominica, el Ayuntamiento de la Liga Urbana Dominicana , Ministerio de la Función Pública y Dirección de Ética e Integridad Gobierno informan a servidores públicos suspensión de pago de salarios por no presentar declaración jurada de patrimonio.
Según circular N° 00001/2024, de fecha martes de este semana, recuerde que estas personas son: alcalde, teniente de alcalde, director del consejo distrital, asesores, miembros, director de adquisiciones, director administrativo o equivalente, director financiero o equivalente y tesorero.
«Departamento de Contabilidad de la República Dominicana, de conformidad con sus facultades constitucionalmente válidas y de conformidad con lo dispuesto en la ley No. 311-14 sobre juramentos de propiedad y su reglamento No. 92-16, anuncia la obligación de suspender el pago de las remuneraciones correspondientes. a los funcionarios estatales encargados de cargos de elección popular, así como a aquellos designados, confirmados o retirados del cargo que observaron deficiencias en la presentación de sus declaraciones juradas de cargo. activos», circular designada.
En un anuncio del 29 de mayo, el Departamento de Contabilidad señaló que sólo hay 127 miembros de la ciudad, elegidos, reelegidos y salientes de las aproximadamente 2.500 personas que se decía que tenían
Según el artículo 30 del reglamento 311-14, el Departamento de Contabilidad notificará al Tesoro Nacional el asunto privado la forma y nombres de los funcionarios que estaban obligados a presentar una solicitud. declaración de honor y no lo hizo por lo que no pagó su salario.