La Cámara de Representantes en su Comisión Permanente de Finanzas estudia la modificación del artículo 11 del Código Tributario, modificación solicitada por el Ejecutivo brinda dos sentidos literales para poder delinear la línea entre el alcance de la obligación tributaria por obligaciones generales y solidarias de los accionistas o socios de empresas y otras personas jurídicas.
Así, presidentes, vicepresidentes, directores, gerentes, directores o Los representantes legales de entidades y otras entidades colectivas con personalidades reconocidas serán “responsables solidarios” de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
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La subdirectora Jurídica de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Yorlin Vásquez, se reunió con miembros de la Comisión que preside el diputado José (Bertico) Santana, durante la cual declaró que surgió la modificación propuesta. tras la decisión del Tribunal Constitucional (TC), calificándola de inconstitucional y con ello invalidando los significados literales (B) y (C) del artículo 11 del Código Tributario.
El responsable ha emitido el dictamen de las autoridades tributarias sobre el proyecto de ley que modifica la Ley 11-92 del Código Tributario de la República Dominicana. La iniciativa del Gobierno propone estipular que los socios sean responsables de las situaciones que afronten las personas jurídicas, teniendo en cuenta su participación directa o indirecta en la empresa de que se trate.