Más de 20 legisladores dejarán cargos que ocuparon durante muchos años y la mayoría tendrán que jubilarse por edad o por acumulación Acumulados tres mandatos en el Congreso, este poderoso Estado tiene pensión fondo que incluye un seguro médico integral. Legisladores, senadores y diputados tienen derecho a pensiones a través de una legislación especial, a través de la Diputación Dominicana de Protección Social, Ley 340-98, establecida en 1998. En la Cámara de Representantes, entre los jubilados se encuentran Rafaela Alburquerque, Máximo Castro y Santiago Vilorio.
Los diputados que no buscan la reelección y pueden recibir pensiones por el período en que han legislado, por más de un período, son: Juan Julio Campos, Magda Rodríguez, María Mercedes Fernández, Héctor Féliz Féliz.
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Para el Senado de la República, diputado Miguel Franjul puede reclamar pensión, Eduardo Estrella, Virgilio Cedano Cedano, Franklin Peña Villalona, Valentin Medrano Pérez, entre otros. El artículo 46 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de la Subsecretaría Dominicana establece que el legislador ha sido elegido conforme a la Constitución, a partir de las elecciones de 1994, y ha cumplido 60 años de edad o más al finalizar el período para el que ha sido elegido. sirve responsabilidad. Si es elegido, tendrá derecho a una pensión según la siguiente escala: A la edad de 60 años y después de dos mandatos según la Constitución, tendrá derecho a una pensión equivalente al 40% de su salario devengado.
A los 60 años el 80% del salario se entrega a los legisladores que cumplen cuatro o más deberes constitucionales. El artículo 47 otorga privilegios de seguro médico y dental a ex senadores y ex representantes. Los miembros del Congreso que dejen su cargo antes de los 60 años pueden solicitar beneficios cuando sean mayores de edad.