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TC declara que no admitirá recurso de reconsideración del expediente final a favor del juez Herrera Carbuccia en el caso Bahía de las Águilas

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La decisión fue apelada ante la Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia, la cual desestimó dicho recurso.

La decisión fue apelada ante la Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia, la cual desestimó dicho recurso. recurso de apelación en julio del 19 de enero de 2021 y confirmado en todas sus partes la controvertida decisión

El Tribunal Constitucional (TC) declaró el recurso de apelación para reconsiderar el expediente definitivo a favor del juez de la Corte Suprema de Justicia como inaceptable, Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quien fue denunciado por presuntas irregularidades en el caso Bahía de las Águilas.

El Tribunal, mediante sentencia TC/0952/23, de 27 de diciembre de 2023, entendió que es improcedente el recurso de revisión interpuesto por la entidad Global Multibusiness Corporation S.R.L., contra el Presidente de la Sala Tercera de Tierras, Sala Laboral, Contenciosa y Administrativa de la Corte Suprema

De igual manera, la Corte Suprema ordenó la divulgación. sentencia publicada por la Secretaría, para información y efectos pertinentes, al peticionario, la organización Global Multibusiness Corporation S.R.L., y a la parte requerida, la Fiscalía General de la República
Se presentó la denuncia. presentado por el consejo jurídico del caso Bahía de las Águilas, encabezado por la empresa Global Multibussines Corporation, representada por el abogado Rafael Helena Regalado, sin embargo el fiscal adjunto comisario Víctor Robustiano Peña ordenó la presentación de cargos finales, tras considerar que no había fundamento o prueba.

La decisión de la Fiscalía fue impugnada ante la sentencia del Instrucción Especial de la Corte Suprema de Justicia, porque se trataba de un imputado con competencia privilegiada, sin embargo, el juez de 21. mayo de 2021, desestimó la objeción antes señalada y ratifica en todas sus partes el dictamen que obra en el expediente del Ministerio Público.

Esta decisión es materia de recurso de apelación ante la Segunda Sala de la Corte Suprema de Justicia. desestimado el 19 de julio de 2021

En el recurso de revisión, los abogados argumentaron la existencia de supuestas irregularidades procesales, violaciones de procedimientos, afectaciones a los derechos de propiedad y la existencia de un sistema de sobornos y sanciones judiciales. corrupción que supuestamente inclinó la balanza a favor de la Fiscalía del Estado y de los dominicanos, en el caso de Bahía de las Águilas.

Además, consideraron que en sus fallos a favor de En contra de los dominicanos Estado, no se garantizó un proceso justo y transparente para todas las partes involucradas

También destacaron presuntas violaciones a los artículos 146, 152 y siguientes de la Constitución Dominicana; viola el artículo VI, Cláusula 1, letras a), b), c) y e) de la Convención Interamericana Anticorrupción; El Código de Ética Iberoamericano, de 29 de marzo de 1996, penalizaba las conductas delictivas, el soborno, las comisiones ilícitas y la corrupción, cargos que fueron desestimados por decisión del Tribunal Constitucional.

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