Nacionales

Evitarán regulación de delitos sexuales

8256252333.png
8256252333.png
Puede durar 20 años.Según el artículo 45 del Código de Procedimiento Penal, todos los delitos prescriben a los diez años en la República Dominicana.

Los delitos sexuales no estarán regulados en el nuevo Código Penal, como lo estipula el párrafo II del artículo 139 del controvertido proyecto de iniciativa de reforma que circula desde hace más de un año en Vietnam. Congreso. más de 20 años

El presidente del Comité Especial que estudió el asunto, Alexis Jiménez, ha manifestado que en caso de que no se establezca el plazo de prescripción, los delitos quedarán sin efecto a los diez años y se son muy serios. puede durar 20 años.

Según el artículo 45 del Código de Procedimiento Penal, todos los delitos prescriben a los diez años en la República Dominicana. “El proceso penal prescribirá al vencimiento de un plazo igual a la pena máxima para los delitos sancionados con prisión y en ningún caso este plazo podrá exceder de diez años ni ser inferior a tres”, señala claramente
. Quizás te interese leer: Destacan cambios y mejoras en el Código Penal

Comisión Especial para estudiar el proyecto de reforma del Código Penal establece claramente en su párrafo II que “Las agresiones sexuales, violaciones e incestos contra niños y adolescentes son inaceptables, pero el plazo más largo en materia penal es de diez años”, afirmó. Será castigado. será reprimido con prisión de diez a quince años y multa de cien mil a doscientos mil pesos.

«Sin embargo, las infracciones serán sancionadas con prisión de diez a veinte años y multa de Pesos cien mil a doscientos mil doscientos mil por causar daño a persona en situación de especial vulnerabilidad por su embarazo, invalidez o invalidez física o psíquica; prisión de diez a veinte años y multa de cien mil a doscientos mil. mil pesos cuando se cometa contra un niño o joven, ya sea amenazado con arma, o por dos o más autores o cómplices, por los ascendientes legales, biológicos o adoptivos de la víctima, o por persona que tenga autoridad sobre ella, o por persona quien haya abusado de la autoridad que le confiere, todo ello con independencia de lo dispuesto en los artículos 121, 126 al 129, 187 al 191 del Código de la Ley de Protección a la Niñez y la Adolescencia”, señala claramente el artículo anterior.
Informe de gestión
En su informe de gestión, la comisión que preside Jiménez declaró que se fusionaron los tres proyectos de Códigos conocidos por la Cámara de Representantes. estudio con más detalle”, dijo. La audiencia se realizó el pasado lunes 15 de julio. En esta actividad participaron 102 personas y organizaciones. Los artículos examinados fueron 14, 20, 24, 73, 86, 87, 89, 109, 111, 113, 123, 127, 130, 132,
@ 133,135,136,139, 140,161, 226, 288, 289, 290, 295, 302 y 328. Uno de los puntos más polémicos es la propuesta de incluir tres causales de aborto en el Código Penal.

TRA Digital

GRATIS
VER