Nacionales Política Primera Plana

Intervención diplomática

8300051615.png
8300051615.png
La soberanía de los Estados sobre sus territorios es el principio rector de esta obligación.

En 2016, según nos contó Ricardo Arredondo, diplomático de carrera y publicado en la revista El Derecho de la Universidad Católica Argentina, los medios repitieron una situación diplomática creada por la decisión del gobierno ecuatoriano de invitar y condecorar a la ex presidenta de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, y las declaraciones posteriores del embajador argentino en ese país, Luis Juez, quien criticó públicamente esta decisión, son muy impresionantes.
Este caso ilustra un hecho fundamental problema que enfrentan regularmente las agencias diplomáticas.

Y es un principio ampliamente aceptado y reconocido por la comunidad internacional que las misiones diplomáticas y sus agencias no deben interferir en los asuntos exclusivos del Estado en el que están reconocidas. .++ La soberanía de los Estados sobre sus territorios es el principio rector de esta obligación. Además, no tiene sentido que un agente extranjero participe en los asuntos de un país distinto al suyo, el motivo por el que es enviado es precisamente para desempeñar funciones oficiales.
No injerencia en los asuntos internos de otro Estado no es sólo una obligación moral, ceremonial o de cortesía sino que también es de naturaleza jurídica y está claramente estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas en el artículo 41, que establece: “Sin perjuicio de sus privilegios e inmunidades, respetarán los leyes y reglamentos del país de residencia. También se les exige que no interfieran en los asuntos internos de ese país. o actividades privadas, interviniendo en la política interna del Estado donde desempeñan sus funciones.

Estas declaraciones de los representantes diplomáticos a menudo se entienden de muy diferentes maneras entre sí, mientras que el Estado receptor a menudo considera estas acciones como injerencia indebida en sus asuntos internos. El Estado que reconoce, es decir, el Estado que envía, a menudo los considera promotores de la libertad, la democracia o el respeto de los derechos humanos.

En la mayoría de los casos, se trata de Estados. Con un mayor desarrollo económico y un mayor peso en el sistema internacional, la gente suele ser la más afectada por estas intervenciones injustificadas. su política exterior, intentando influir en la política de relaciones con otros países, y es por ello que las comunicaciones y comentarios deben canalizarse por canales diplomáticos, especialmente a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, como señala el artículo 41, apartado 2, de la Convención de Viena. Convención.

TRA Digital

GRATIS
VER