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PC demanda aplicar el régimen de consecuencias a funcionarios que no han declarado sus bienes

Participacion Ciudadana
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Entiene que es inaceptable que la gran mayoría de los funcionarios públicos no hayan presentado su declaración de patrimonio en el plazo de 120 días que se le otorgó.

Santo Domingo.-Participación Ciudadana a falta de cumplimiento de la Ley No. 311-14, de Declaración Jurada de Patrimonio Público, lo que se ha convertido en una burla, solicita  a las autoridades  aplicar el régimen de consecuencias correspondiente.

Entiende que la apatía y desidia de la mayoría de los funcionarios públicos en el cumplimiento de su obligación de declarar su patrimonio en el plazo que fija la Ley,  que ya el plazo venció, resulta inaceptable que la gran mayoría de los funcionarios públicos no haya presentado su declaración, incluidos legisladores que deberían ser los primeros en dar el ejemplo de cumplimiento de las leyes votadas por ellos mismos.

Agrega que esa situación especialmente es grave cuando ellos conocían desde su elección el 16 de mayo, que tendrían que presentarla, por lo que no han tenido solo 30 días, sino 120 días.

«Algunos legisladores han pedido una extensión del plazo para la presentación, lo que revela su desconocimiento de la ley. Se trata de un plazo fijado por la ley, que no puede ser ampliado por la Cámara de Cuentas, ya que implicaría una violación de la misma», aclara.

Explica que el reglamento de aplicación de la ley permite una extensión de diez días adicionales, pero solo para aquellos casos en que se haya presentado la declaración de forma incompleta, por lo que no son favorecidos quienes sencillamente no lo ha hecho.

La ley dispone que, si la declaración no es presentada en el plazo legal pero se presenta con posterioridad, debe ser clasificada como «declaración tardía» y enviada al Ministerio Público para que investigue la causa de la demora.

Explica  que la ley solo los obliga a declarar las tarjetas que posea el funcionario público, el límite máximo autorizado y el saldo pendiente a la fecha de la declaración. Si la Cámara de Cuentas está exigiendo movimientos de las tarjetas, debería corregir esta exigencia.

También, la norma exige la identificación de los hermanos y padres, pero no la del patrimonio de estos familiares, lo cual sí se exige para el cónyuge o pareja en unión libre si están casados por comunidad de bienes, lo cual es lógico, ya que el funcionario público es copropietario de los activos a nombre de su pareja. No es excusa tener muchos hermanos, ya que solo se solicita su identificación, algo que se presume que cada persona conoce.

Participación Ciudadana hace un llamado a la Cámara de Cuentas y al director de la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos para que publiquen en la página web de la Cámara de Cuentas los nombres de los funcionarios públicos que han cumplido con el mandato de la ley, los que lo han hecho fuera de plazo y aquellos que no la han presentado.

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