La Asamblea Nacional se convoca este lunes, con el propósito de conocer en segunda lectura los puntos y disposiciones del proyecto de proclama que declara la necesidad de una reforma constitucional propuesta por el Ejecutivo. Poder.
A las 14 horas, los miembros de la Asamblea Nacional celebrarán una tercera sesión para discutir, tal como establece el procedimiento legislativo, los puntos adoptados en primera lectura el lunes pasado. . y este martes.
Legisladores de organizaciones políticas de oposición siguen enfatizando, en cada intervención que hacen en el salón, que las propuestas de reforma constitucional del presidente Luis Abinader son inútiles.
Pero , con intenciones favorables y una mayoría inminente para el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y los partidos aliados al Congreso Nacional, con 146 de 190 delegados y 28 de 32 senadores, los opositores no pudieron impedir la aprobación del esfuerzo para cambiar el Carta Magna.
Sin embargo, el presidente del Senado, el congresista Ricardo de los Santos, y su par en la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, han expresado en distintas ocasiones que reiteran que los representantes de la oposición siempre serán escuchados.
Además, aseguraron que su objetivo es generar consenso sobre las posiciones y disposiciones de reforma que se adoptaron
El proyecto de ley emitido por la Oficina del Fiscal General La Asesoría Jurídica de la Agencia Ejecutiva presentó, incluidas 10 enmiendas, que fueron enmendadas por miembros de la Asamblea Nacional, después de que el comité bicameral encargado de la investigación escuchó las opiniones de los electores que difieren en la sociedad.
. Uno de los artículos más controvertidos aprobados fue la propuesta de reducir el número de registros en la Cámara de Representantes. Esto generó una discusión entre los representantes legislativos que llevó a que se modificara la propuesta, cambiando la reducción de 153 a 170.
Esto, establecido en la Sección 81 sobre Representantes y composición de la Cámara de Representantes, está respaldado por parlamentarios.
Además, también aprobaron modificar el artículo 166 para sustituir al fiscal general administrativo por el fiscal general ejecutivo de la administración pública.
De igual forma, el artículo 167 que estipula. estos requisitos para que el nombre del órgano subordinado a este Poder Ejecutivo sea Procuraduría General de la Administración Pública.
Mientras tanto, también registra variaciones en el artículo 169, que detalla la definición y funciones de el Ministerio Público. En este artículo se ha agregado al documento «formulación e implementación de la política de persecución penal», el contenido restante permanece sin cambios.
Acerca del artículo 171 que regula el método de elección del jefe de la Fiscalía General de la República de la República (PGR), modificada para ser seleccionado por el Consejo de la Judicatura Nacional (CNM).
El titular no deberá tener ningún tipo de vinculación con las organizaciones políticas de la República hace cinco años y beneficiarse de un período de inmovilidad de dos años. Además, también incluyeron el artículo 178 sobre integración y el artículo 179 sobre las funciones del Consejo de la Judicatura Nacional, el presidente de la Corte Constitucional como miembro del jurado y debe participar en el proceso de selección. De manera similar. , se ha aprobado la unificación de las elecciones municipales, parlamentarias y presidenciales para la legislatura de 2032, prevista en el artículo 209 del consejo electoral.
Cláusula Pétrea
Además, Los congresistas aprobaron la inclusión del artículo 124 sobre elecciones presidenciales, que limita al presidente a elegir sólo dos mandatos consecutivos, en el artículo 268, que deforma la forma de gobierno del estado de Dominica. Éstas sólo pueden ser “cívicas, republicanas, democráticas y representativas”.
Finalmente, abogaron por la creación del artículo 268, para garantizar que ningún representante electo pueda beneficiarse de una reforma constitucional que afecte las condiciones electorales.
En otro orden, una serie Se adoptaron disposiciones temporales para sustituir los párrafos transitorios de la Constitución actual.